Mujer transgénero podrá realizarse mamoplastia por su EPS
Corte Constitucional le solicita a la eps de una mujer trasngénero que acepte los procedimientos y laboratorios clínicos para su reafirmación sexual
La Corte Constitucional decidió resolver el amparo de protección a los derechos de mujer transgénero, en acceder a los servicios de salud, a quién su EPS le había negado los procedimientos y laboratorios ordenados por el médico tratante para que a la paciente se le practique una mamoplastia.
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La EPS advirtió que los procesos de feminización son estéticos, pues mujeres que no cumplen con parámetros de belleza y tienen estigmas masculinos acuden a los quirófanos para embellecer sus rasgos.
En segunda instancia el juez negó la tutela al concluir que la realidad de la demándate no obedece a una situación de carácter funcional para su subsistencia biológica, sino a una condición estética.
La Corte Constitucional concluyó que no existe un paquete único y estandarizado para el proceso de reafirmación de identidad sexual y de género de las personas trans.
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El alto tribunal también indicó que es el médico tratante quien decide que es necesario para el restablecimiento de la salud del paciente, teniendo en cuenta que posee el conocimiento para ordenar los procedimientos requeridos.
La sentencia de la Corte aclaró que la mamoplastia y la reasignación de sexo no son los únicos procedimientos para la reafirmación sexual de género.