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Registraduría Nacional podría destruir e invalidar documentos no reclamados: esto debe saber

La Registraduría Nacional cuenta con un procedimiento para los documentos que no son reclamados. Conozca qué dice la Resolución 11630 del 8 de agosto de 2018 y cómo verificar la validez de la cédula

Imagen del edificio de la Registraduría Nacional del Estado Civil (Tomada de la Alcaldía Mayor de Bogotá) // imágenes tomadas de Getty Imagenes

Imagen del edificio de la Registraduría Nacional del Estado Civil (Tomada de la Alcaldía Mayor de Bogotá) // imágenes tomadas de Getty Imagenes

Imagen del edificio de la Registraduría Nacional del Estado Civil (Tomada de la Alcaldía Mayor de Bogotá) // imágenes tomadas de Getty Imagenes

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un procedimiento para la devolución y destrucción de tarjetas de identidad y cédulas de ciudadanía que permanezcan sin ser reclamadas por sus titulares dentro del plazo establecido. La medida está contemplada en la Resolución 11630 del 8 de agosto de 2018, por medio de la cual se empezó a implementar el procedimiento para la destrucción de documentos no reclamados.

Es por ello, quienes estén en trámite de duplicado o solicitud de primera vez, deberán tener en cuenta las fechas y comunicados de la entidad para evitar pasarse que se pase el tiempo establecido y sea devuelto a la sede central de la Registraduría y posteriormente destruido.

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¿Qué es la Resolución 11630 de 2018?

En esta normativa se establece el procedimiento que deben seguir las oficinas de distribución de la Registraduría para evitar la acumulación de documentos y suplantación de identidades. Las sedes deben llevar un control de los documentos que permanecen bajo su custodia y realizar procesos de rectificación de inventario, de esta manera aquellos que cumplan el tiempo serán devueltos para su pronta destrucción.

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¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar la cédula?

La Registraduría establece que, una vez el documento está disponible para ser reclamado, el titular o responsable tiene un plazo máximo de:

  • Cédula amarilla con hologramas plazo de 1 año.
  • Cédula digital (en policarbonato) plazo de 2 años.
  • Tarjetas de identidad hasta su vencimiento.

Si este periodo transcurre sin que sea solicitado el documento, se devolverá y el ciudadano deberá solicitar nuevamente un duplicado y pagar la tarifa correspondiente.

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Registraduría Certificado

La Registraduría dispone de servicios en línea para que los ciudadanos consulten el estado de su documento. En su página oficial se puede consultar si la cédula ya está lista para ser reclamada ingresando el número de documento.

En caso de tener dudas frente a la validez de su cédula la entidad dispone de un servicio en línea para que los ciudadanos consulten la verificación de su documento de forma gratuita e instantánea.

En este espacio con el número del documento y la fecha de expedición podrá saber si el ciudadano cuenta con un documento válido en territorio nacional, además de otros datos.

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¿Qué hacer si el documento ya fue devuelto para destrucción?

Si transcurrió el plazo máximo sin reclamar la cédula, la Registraduría señala que el documento será devuelto a su sede central para su destrucción. En este caso, el ciudadano deberá solicitar un duplicado y cancelar nuevamente la tarifa correspondiente.

La recomendación de la entidad es no esperar a que transcurra el plazo. Una vez realizado el trámite, el ciudadano puede consultar periódicamente el estado de producción de su documento y acudir a la Registraduría correspondiente cuando aparezca disponible para entrega.

La entidad también recuerda que la cédula de ciudadanía es obligatoria ya sea de forma física o digital ya que el documento le permite a los colombianos mayores de edad identificarse en los diferentes actos civiles, políticos, administrativos y judiciales.

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