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Otty Patiño asegura que ley de Paz Total permite suspender órdenes de captura durante negociaciones

El Consejero Comisionado de Paz, Otty Patiño, responde a la decisión de la Fiscalía de no suspender las 29 órdenes de captura de integrantes del Clan del Golfo

Otty Patiño asegura que ley de Paz Total permite suspender órdenes de captura durante negociaciones

Otty Patiño asegura que ley de Paz Total permite suspender órdenes de captura durante negociaciones / Ernesto Guzmán (EFE)

Otty Patiño asegura que ley de Paz Total permite suspender órdenes de captura durante negociaciones

Bogotá

Ante la decisión de la Fiscalía de no suspender 29 órdenes de captura de integrantes del Clan del Golfo que llegarían a la Zona de Ubicación Temporal para hacer tránsito a la vida civil, el Consejero Comisionado de Paz, Otty Patiño, respondió y aseguró que la Ley de Paz Total habilita esos procesos y no la Fiscalía.

“La Ley 2272 de 2022 estableció que la suspensión de la ejecución de órdenes de captura, incluidas aquellas con fines de extradición, durante el transcurso del desplazamiento y en permanencia en las Zonas de Ubicación Temporal, opera por mandato expreso de la ley y no por una valoración discrecional posterior de la Fiscalía General de la Nación”.

Otty Patiño precisó lo consignado en la Ley de Paz Total frente a esos escenarios en medio de las negociaciones con los grupos armados ilegales.

“El parágrafo 3° del artículo 8 de la Ley 2272 de 2022 dispone expresamente que, una vez acordadas las Zonas de Ubicación Temporal, “Quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura” durante el desplazamiento hacia dichas zonas y durante la permanencia en las mismas. Se trata de una consecuencia jurídica definida directamente por el legislador como instrumento necesario para garantizar el desarrollo efectivo de los procesos de paz”.

El Consejero Comisionado de Paz le recuerda a la Fiscalía que esa entidad en una comunicación del 20 de enero de este año había reconocido expresamente que “La seguridad jurídica opera de iure” y que la suspensión de las órdenes de captura “opera por mandato de la propia ley y no por disposición de la Fiscalía General de la Nación”.

Para Otty Patiño la decisión de la Fiscalía preocupa porque ahora, según él, se pretende incorporar una interpretación contraria que termina subordinando la aplicación de la ley a valoraciones adicionales no previstas expresamente por el legislador.

“Sea esta la oportunidad, para reiterar que la determinación sobre el estado avanzado de un proceso de paz y la decisión de establecer una Zona de Ubicación Temporal corresponde constitucional y legalmente al presidente de la República, como responsable de la conducción de la política de paz y del orden público. Esa valoración ya fue adoptada mediante los actos administrativos expedidos por el Gobierno Nacional, particularmente la Resolución No. 471 del 22 de diciembre de 2025, mediante la cual se establecieron 3 zonas de Ubicación Temporal para el autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia”.

Otty Patiño reitera que toda actuación en su calidad de Comisionado de Paz y de la Consejería que el dirige, se ha desarrollado en estricto cumplimiento a la Constitución y a la ley.

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Cristina Navarro

Cristina Navarro

Cubre información judicial, derechos humanos, víctimas y temas relaciones con las entides creadas producto...

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