Justicia

Corte: "Colpensiones debe proteger a pacientes con enfermedades crónicas"

El pronunciamiento se hizo luego de analizar una tutela que negaba el derecho a la sustitución pensional de una ciudadana.

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Imagen de referencia / Getty Images

La historia es de una ciudadana que fue diagnosticada en 2014 con esquizofrenia paranoide, un trastorno que limita la capacidad laboral y por eso es validada para la sustitución pensional, pero la solicitud fue negada por Colpensiones.

La sustitución laboral permite que una vez el pensionado fallezca, la prestación económica del afiliado le queda al grupo familiar, bajo ciertas condiciones, y en este caso era por parte de su padre. 

Sin embargo, Colpensiones le negó la solicitud, argumentando que no se acreditó porque la fecha de estructuración se determinó el 4 de febrero de 2019 y su padre murió dos días antes.

No obstante, la Corte Constitucional enfatizó en que la entidad omitió valorar desde un inicio la evolución de la demandante y desconoció que la situación de invalidez que se agrava progresivamente, merece un tratamiento jurídico especial para que se cumplan los derechos de la ciudadana

“A pesar de que la entidad demandada fijó ese carácter progresivo, omitió valorar desde un inicio la evolución del padecimiento de la peticionaria y cómo realmente influyó en su capacidad de trabajo y ocupacional. Luego, desconoció que la situación de invalidez que se agrava progresivamente merece un tratamiento jurídico especial, que responda a la necesidad de materializar los derechos fundamentales de una persona en condición de discapacidad”, indicó la Corte. 

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Por lo cual, la Corte le dio un plazo de 10 días a Colpensiones para reconocerla y pagarla, con el retroactivo al que haya lugar. 

“Respecto de este tipo de padecimientos médicos, COLPENSIONES no puede negar el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes o la sustitución pensional, con el argumento de que la fecha de estructuración establecida en el dictamen fue posterior a la muerte del causante, sin antes analizar todos los medios de convicción”, puntualizó el Alto Tribunal.

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