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Pacientes de cáncer y VIH no tendrán que autorizar sus tratamientos

Así lo ratificó el Ministerio de Salud a través de una nueva normativa que también actualiza las condiciones de contratación en el sector.

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El Ministerio de Salud expidió una nueva normativa, a través de la cual ratificó la eliminación de barreras para la atención y protección de los usuarios del sistema, dentro de lo que, además se incluye que, pacientes de enfermedades catastróficas como el cáncer y el VIH no necesitarán autorizar sus tratamientos para recibirlos.

“Quiero hacer énfasis en este tema porque llega mucho al usuario: eliminación de la autorización para la atención de enfermedades como cáncer infantil, cáncer de adultos, VIH y la atención para la promoción y el mantenimiento de la población materno-perinatal, es decir de las dos rutas que actualmente son obligatorias y que cubren gran parte de lo que llamamos primer nivel de atención y parte muy importante del segundo nivel”, señaló el ministro de salud, Fernando Ruíz.

Precisamente, frente a esto el Ministerio de Salud dijo que se incentivará a las EPS para que brinden un servicio oportuno a los pacientes con enfermedades catastróficas, pues en adelante los pagos del estado se harán según los resultados de la prestación del servicio. Incluso se insistió en la advertencia de que más EPS serán liquidadas y castigadas sino cumplen con la optimización del servicio

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