Anulada la prohibición del Gobierno para el reempaque de leche en polvo
El Consejo de Estado determinó que fue una medida discriminatoria con un sector dedicado a la producción de ese producto.
Los demandantes del decreto 616 del año 2006, que reglamentó el envase, procesamiento, distribución y comercialización de lácteos en Colombia, consideraban que el parágrafo segundo del artículo 47 restringió de manera irregular la libre empresa.
Entre sus argumentos, al prohibir el reempaque de la leche en polvo, aseguraban que se frenaban las actividades económicas de pequeñas empresas que elaboraban de otros derivados de la leche.
Todo esto, decían, en favor desproporcionado de los intereses de las grandes compañías que compiten en este mercado.
El Consejo de Estado les dio la razón y determinó que el Gobierno sí excedió sus facultades, imponiendo una medida discriminatoria contra las empresas que no tienen categoría de procesadoras de leche, por lo que anuló dicha prohibición de reempaque.
“La Sala aclara que la acepción “reempaque” hace alusión a empacar un producto por segunda vez, para el caso concreto, leche en polvo; actividad que, se insiste, está reglamentada en la ley como quedó expuesto supra; tan permitida o autorizada es esta actividad económica que, incluso, en el artículo 269 de la Ley 9ª de 1979 se permite la reutilización de envases o empaques usados, siempre que aquellos: i) no se hayan utilizado anteriormente para sustancias peligrosas; ii) cuando no ofrezcan peligro de contaminación de los alimentos o bebidas; y iii) se encuentren lavados, desinfectados y esterilizados”, dice el fallo.
El tribunal determinó, entonces, que no fue una medida proporcional, ni adecuada, ni se demostró por qué podría ser considerada justificable y razonada.
Además, pese a que el Ministerio de Salud explicó que fijó la prohibición en vista de que no se estaban cumpliendo con las medidas fitosanitarias, el Consejo de Estado señaló que no probó que esos hechos se estuvieran produciendo.
Tampoco consideró las razones del Ministerio de Agricultura, según las cuales la medida buscaba evitar que se comercializara leche adulterada, pues en el Decreto se estableció que la actividad objeto de reglamentación solo podía ser ejercida por quienes tuvieran licencia sanitaria.