Salud y bienestar

Corte Constitucional

Ordenan a Medimás entregar dispositivo a joven con problema auditivo

La Corte Constitucional dijo que la EPS, que se negó a entregar el aparato, malinterpretó un diagnóstico médico.

Imagen de referencia.

Imagen de referencia. (Cortesía: Colprensa.)

María del Pilar Guzmán, una joven de 25 años, fue diagnosticada con una enfermedad que le ocasionó pérdida de audición, por lo que en el 2012 fue sometida a una cirugía de implante coclear que le ayudaría con su discapacidad.

En el 2020 su médico tratante ordenó el reemplazo del componente externo de sonido para que haga enlace con ese implante, conocido como “audio procesador”, indispensable para “lograr la rehabilitación auditiva” de la joven.

Sin embargo, la EPS Medimás señaló que, para autorizar la entrega del aparato, la paciente debía ser valorada por el cirujano maxilofacial, argumentando que así lo había dispuesto el médico tratante.

Dos juzgados habían fallado a favor de la entidad, por lo que María del Pilar interpuso una tutela en la Corte Constitucional porque consideraba vulnerados sus derechos fundamentales.

La Sala Quinta de Revisión del alto tribunal estudió el caso y, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, explicó que la decisión de Medimás se fundamenta en una interpretación equivocada del diagnóstico médico.

“Si bien dicho profesional ordenó que la accionante fuera valorada por el cirujano maxilofacial, esta orden está relacionada con una enfermedad adicional que padece la paciente”, indicó la Corte.

Aseguró ese tribunal que en el criterio del médico tratante, “dicha valoración no constituye requisito previo para autorizar la actualización del audio procesador. (…) Además, las solicitudes de la accionante están cubiertas por el plan de beneficios en salud (PBS)”, sentenció la Corte.

Es así que el fallo del tribunal le dio 48 horas a la EPS para entregar y adaptar el audio procesador que la joven necesita y que fue ordenado por el médico tratante, al concluir que la falta del dispositivo auricular no solo implica su vulneración del derecho a la salud, sino que también amenaza su vida digna.

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