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Corte aclara que es la encargada de revisión de sentencias y no la JEP

Esto en el caso de terceros y aforados cuando ya es cosa juzgada, según la Corte Constitucional.

Corte aclara que es la encargada de revisión de sentencias y no la JEP

Corte aclara que es la encargada de revisión de sentencias y no la JEP(Colprensa.)

Colombia

La Corte Suprema de Justicia dejó claro que ella es la única competente para revisar casos que ya son cosa juzgada. Esto al negar la petición de la defensa de Álvaro García de que se revisara su condena de 40 años por la masacre de Macayepo y al negar remitir la revisión a la Jep.

La negación del recurso de revisión se da porque para la Corte, “es evidente que en cambio de apuntar a los desaciertos en que pudo haber incurrido la Sala al inadmitie la demanda de revisión, se acude a la reelaboración de la misma con el fin de que se haga un nuevo estudio de las pruebas desestimadas”.

Y la negación de la remisión a la JEP se da porque según la normativa de la justicia transicional cuando una sentencia “ha cobrado ejecutoría formal y material”, es la Corte Suprema la única competente.

“Ninguna de las disposiciones constitucionales o legales atrás contadas y mucho menos aún la perspectiva que esgrime la solicitud, conciben la posibilidad de que estando en curso una acción de revisión cuya competencia radica exclusivamente en esta sala, la actuación respectiva sea sustraída de su órbita de conocimiento para ser trasladada y asumida por la Jurisdiccion Especial para la Paz”, se lee en la decisión.

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