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Desde julio de 2026 aumentará el pago por trabajar domingos y festivos un 90%: así cambia el cálculo

Desde el 1 de julio de 2026, el recargo de domingos y festivos en Colombia subirá de 80 % a 90 % sobre el valor de la hora ordinaria. Esto es lo que debe saber para el cálculo:

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A partir del 1 de julio de 2026, los trabajadores en Colombia recibirán un recargo del 90 % por laborar fines de semana y festivos, camino a alcanzar el 100 % en 2027.

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El recargo dominical y festivo es una compensación adicional al salario básico del trabajador cuando debe trabajar un domingo o festivo, considerados como días de descanso.

Hasta el 30 de junio de 2025, las normas establecían una remuneración del 75 % sobre el salario ordinario del trabajador. Con la aprobación de la reforma laboral del gobierno de Gustavo Petro, se fijó un aumento gradual para llevar el aumento al 100 %.

Recargo llegará al 90 %: cronograma de la implementación gradual

La nueva reforma laboral estipula que aumentarán de forma escalonada en las siguientes fechas clave:

  • A partir del primero de julio de 2025, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio a 80%.
  • A partir del primero de julio de 2026, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio a 90%.
  • A partir del primero de julio de 2027, se dará plena aplicación al recargo por laborar día de descanso obligatorio en los términos de este artículo.

Conviene mencionar que el trabajo en día de descanso obligatorio o días de fiesta se remunerará con el recargo correspondiente, sin perjuicio del salario ordinario al que tenga derecho el empleador por haber laborado la semana completa.

Si la persona trabaja habitualmente los domingos y su día de descanso es otro distinto de la semana, su recargo “dominical” aplica al trabajo realizado en su día de descanso.

¿Cómo calcular el valor del recargo?

Los trabajadores deberán seguir un nuevo esquema basado en el valor de la hora laboral:

  • Determinar el valor del día: Se debe tomar el salario mensual y dividirlo en 30 días.
  • Determinar el valor de la hora: El resultado anterior se divide entre el número de horas que el empleado trabaja al día.
  • Aplicar el recargo: Con el valor de la hora definido, este se debe multiplicar por el porcentaje de recargo establecido según la progresión de la reforma laboral (80%, 90% o 100%, dependiendo de la fecha de ejecución).

Si se toma como referencia el salario mínimo de 2026, sin auxilio de transporte, es decir, $1.750.905 y una jornada de 44 horas semanales, se debe hacer el siguiente cálculo:

Calcular el valor de la hora ordinaria:

  • $1.750.905 ÷ 220 horas = $7.959

Aplicar el recargo del 90 %:

  • $7.959 × 90 % = $7.163

Valor total de la hora dominical o festiva:

  • $7.959 + $7.163 = $15.122 por hora

¿Cuánto recibiría por una jornada completa de 8 horas?

  • $15.122 × 8 = $120.976.

Esto quiere decir que si una persona que devenga un salario mínimo trabajó un domingo o festivo durante 8 horas ordinarias, recibirá $120.976 por ese día laborado.

Cambios en la jornada laboral diurna y nocturna

La reforma laboral también implementó cambios claves en la duración de la jornada laboral. Según lo aprobado, la jornada diurna ahora va de 6:00 a.m. a 7:00 p.m., mientras que la jornada nocturna se establece desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.

Así las cosas, los trabajadores ahora inician su jornada nocturna dos horas antes y recibirán $2.166 más por cada hora trabajada de lunes a sábado.

Maria José Castro

Maria José Castro

Comunicadora Social - Periodista con experiencia en investigación, periodismo digital y optimización...

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