Corte tumbó artículo de: “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad"
La Corte Constitucional tumbó el artículo del Plan Nacional de Desarrollo del presidente Iván Duque que cobraba una tasa por consulta de comunidades.
Se cayó el artículo 161 de de la Ley 1955 de 2019, el cual establecía que "el interesado en que se adelantara una consulta previa debía pagar al Ministerio del Interior a través de un contrato de fiducia, una tasa por los servicios de coordinación para el desarrollo de la consulta y por la presencia de comunidades".
Al revisar dos demandas contra esa ley, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", la Corte concluyó que la norma, no se ajusta con los objetivos, por los cuales se estructura el Plan de Gobierno.
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Según la norma, "los recursos del cobro de esta tasa entrarán al Fondo de la Dirección de Consulta Previa y serían usados para los costos de honorarios de los profesionales y viáticos" establecidos por el Ministerio de Interior, sin embargo la norma ya no se funcionaría de esta manera.