Retiro de cesantías en la pandemia no aplica solo para fondos privados
La Corte Constitucional avaló el retiro de esos recursos. Dijo que la medida debe ser igualitaria
La Corte Constitucional aclaró que el retiro de las cesantías en medio de la emergencia por el coronavirus, no debe únicamente aplicar a los fondos privados.
En el estudio de constitucionalidad del decreto 488 que avala el retiro de esos recursos, el alto tribunal señaló que la expresión "de carácter privado" violaba la igualdad y por eso tumbo esa frase.
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"Sobre este aspecto la Corte Constitucional encontró que se trata de una medida que irrespeta el principio de igualdad, toda vez que el Fondo Nacional del Ahorro administra cesantías tanto de servidores públicos como de empleados del sector privado, y estos últimos podrían encontrase en las mismas circunstancias de afectación de su ingreso, que aquellos que tienen sus cesantías depositadas en una AFC privada", señaló la Corte.
Con esa claridad, el alto tribunal le dio aval a ese decreto que permite el retiro de las cesantías a las personas que tengan disminución de sus ingresos en la crisis "hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica".
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Entre las decisiones que la Corte Constitucional ha emitido, también dio aval al Programa Ingreso Solidario para brindar ayudas a las familias en situación de pobreza y vulnerabilidad que no sean beneficiarios de los programas Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor y del mecanismo de compensación del IVA, durante la crisis económica generada por el COVID-19.
También declaro legal el Decreto Legislativo 519 de 2020 que adiciona al Presupuesto General de la Nación, para la vigencia fiscal 2020, quince billones, cien mil millones de pesos, con destino al Fondo de Mitigación de Emergencias.