Salud y bienestar

Coronavirus Covid-19

En Cartagena ya no es obligatorio el tapabocas en espacios públicos

Seguirá siendo obligatorio en espacios cerrados donde no haya ventilación directa

Seguirá siendo obligatorio en espacios cerrados donde no haya ventilación directa

Seguirá siendo obligatorio en espacios cerrados donde no haya ventilación directa(Colprensa)

Cartagena de Indias

La decisión fue adoptada por directrices del presidente, Iván Duque, y el Ministerio de Salud y Protección social, que autorizaron a los municipios y ciudades del país con el 70 % de coberturas con esquemas completos de vacunación contra la Covid a eliminar el uso de tapabocas en espacios abiertos.

Es de resaltar que, el Distrito de Cartagena cumple con los requisitos para aplicar la medida, pues, según reporte del Ministerio de Salud, la ciudad cuenta con un avance de vacunación con esquemas completos correspondiente al 71,3%.

Con la entrada en vigor del decreto 0284, el uso de tapabocas en espacios abiertos al público no será de obligatorio cumplimiento, es decir, no habrá necesidad de usar tapabocas en la calle, estadios y en general todos los espacios abiertos donde haya ventilación directa de aire, como en parques y terrazas.

¿En dónde es obligatorio el uso del tapabocas?

De acuerdo con la nueva normativa, el uso de tapabocas en el Distrito de Cartagena seguirá siendo obligatorio en espacios cerrados donde no haya ventilación directa, tales como establecimientos de comercio, discotecas, oficinas, transporte de servicio público, entre otros.

En los colegios, los alumnos deberán usar el tapabocas en el salón de clases, pero se les permitirá retirárselo en horas de recreo o descanso, siempre y cuando esta transcurra en un espacio abierto.

En los centros comerciales mixtos, que tienen espacios abiertos y cerrados, en iglesias y salas de cine, se recomienda el uso del tapabocas.

Las otras medidas

El toque de queda se mantiene en todo el Distrito de Cartagena entre las 3:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día.

Se debe presentar obligatoriamente el carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación para el ingreso y participación de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, en bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.

El horario de apertura de bares y gastrobares será desde las 10:00 a.m. de cada día.

El Horario de funcionamiento de tiendas, estancos, billares, terrazas, refresquerías y salsamentarias queda restringido hasta las 12:00 a.m. de cada día.

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