Se retoma prohibición de parrillero hombre en 8 barrios de Cartagena
La medida estará vigente durante un año
Cartagena de Indias
Debido al aumento de delitos cometidos con el uso de motocicletas, lo cual ha sido motivo de denuncias de los cartageneros, a través del decreto 1406 del 6 de noviembre de 2020, el señor alcalde, William Dau Chamat, ordenó prohibir la circulación de motocicletas con parrillero o acompañante de sexo masculino, en las vías de los barrios Bocagrande, Manga, Laguito, Castillogrande, Cabrero, Crespo, Alto Bosque y Pie de la Popa.
El decreto, estará vigente por un año y aplica para motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, y también a motocarros, cuatrimotos y mototriciclos.
Cumplimiento y sanciones
La verificación del cumplimiento del decreto estará a cargo del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) y de la Policía Nacional.
El conductor que infrinja esta restricción será sancionado de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, literal C, C14.
¿Por qué la prohibición?
Es de precisar, que la medida fue tomada en atención a las recomendaciones hechas por el Brigadier General, Henry Armando Sanabria Cely, comandante de la Policía Metropolitana de Cartagena, quien explicó que con la reactivación económica de algunos sectores se ha incrementado la comisión de delitos, como hurtos calificados y agravados, utilizando motocicletas.
Igualmente, vale la pena aclarar, que esta prohibición ya había sido implementada desde enero hasta junio de 2020, mediante el Decreto 0174 del 31 de enero de 2020, y el análisis de los indicadores de delitos arrojó que son las personas del género masculino quienes generalmente están involucradas en estos.
Las excepciones
Solo estarán exentos de esta restricción los funcionarios y/o personas de los siguientes oficios, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones y porten carné original:
1. Organismos de Seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional, y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de Policía Nacional
2. Autoridades de Tránsito
3. Organismos de socorro