Salud y bienestar

Cali: Desde este 1 de julio cambia el pico y placa

Hasta el próximo 31 de diciembre de 2020 regirá una nueva rotación para la medida de pico y placa.

Cali: Desde este 1 de julio cambia el pico y placa

Cali: Desde este 1 de julio cambia el pico y placa / Foto Caracol Radio

Cali

La nueva rotación para los últimos dígitos de placas para vehículos particulares quedará así: lunes 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, viernes 1 y 2. 

La restricción mantendrá el horario habitual, de 6:00 a.m. a 10:00 a.m. y de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. y solo aplicará de lunes a viernes. 

A partir de este miércoles 1 de julio y durante el resto de la semana el incumplimiento de la medida tendrá sanciones de carácter pedagógico y desde el próximo lunes 6 de julio de 2020, la sanción será pecuniaria. 

Para vehículos tipo taxis la restricción aplicará a partir de este miércoles 1 de julio de 2020, así: vehículos cuyas placas terminen en 1-2-3; el jueves los dígitos 4-5-6, el viernes 7-8-9, sábado 0-1-2, domingo 3-4-5 y así sucesivamente en el horario de 6:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. del siguiente día, de lunes a domingo. 

“Esta medida, en el caso especial de los taxis, será revisada durante el transcurso del segundo semestre y en caso de levantarse el aislamiento preventivo obligatorio decretado por el Gobierno Nacional se procederá a la dinámica que veníamos manejando desde enero de 2020, que es el uso de dos dígitos lo cual ya es tradicional en el municipio”, aseguró William Vallejo Caicedo, secretario de Movilidad


La nueva medida de pico y placa contempla las excepciones tradicionales del Decreto 320 de 2018: las motocicletas y todos los vehículos eléctricos o híbridos parametrizados por tipo de combustible (gasolina/eléctrico, diésel/eléctrico). 

Así mismo, se mantendrá la excepción para todos los trabajadores de la salud y servidores públicos, siempre y cuando puedan acreditar ante la autoridad competente que pertenecen a estos dos grupos. 

Igualmente, y durante la emergencia sanitaria estarán exentos de la restricción el transporte especial en la modalidad de camioneta, campero o vehículos de cuatro pasajeros. 

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