JEP imputa crímenes de guerra y de lesa humanidad a 5 excomandantes de exFarc por violencia sexual
Estos crímenes se registraron en el norte del Cauca y sur del Valle del Cauca entre el 1 de enero de 1993 y el 1 de diciembre de 2016

Jurisdicción Especial para la Paz

Bogotá
La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz, imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 5 excomandantes de las Farc por violencia sexual y otras violencias basadas en género en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca que es investigado dentro del caso 05.
Los imputados por la JEP
Los imputados fueron comandantes del Frente Sexto y de las Columnas Móviles Jacobo Arenas y Gabriel Galvis de las extintas Farc. Se les atribuye la responsabilidad de mando. Es decir, por no haber ejercido el control efectivo sobre sus subordinados para prevenir, evitar y sancionar estos crímenes dentro de las estructuras que comandaban.
‘Calixto’: Integró la comandancia del Frente 6º desde 1998 y fue su máximo comandante entre 2013 y 2016. Se le imputó responsabilidad como superior, por no haber ejercido el control efectivo para prevenir, investigar y sancionar los hechos cometidos por sus subordinados dentro de la estructura que comandaba, por los crímenes de lesa humanidad de violación, otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y persecución, y por el crimen de guerra de violación. También se le imputó como coautor mediato por los crímenes de guerra de tortura y ultrajes contra la dignidad personal.
‘El Pija’: También conocido como ‘Ricardo’, fue comandante de la Columna Móvil Jacobo Arenas desde 1995 y su máximo comandante entre 2013 y 2015. Se le imputó responsabilidad como superior, por no haber ejercido el control efectivo para prevenir, investigar y sancionar los hechos cometidos por sus subordinados dentro de la estructura que comandaba, por el crimen de lesa humanidad de violación y el crimen de guerra de violación. También se le imputó en calidad de coautor mediato por los crímenes de guerra de tortura y ultrajes contra la dignidad personal.
‘Jaime Barragán’: Hizo parte de la comandancia de la Columna Móvil Jacobo Arenas desde 2002 y fue su máximo comandante entre 2015 y 2016. También se le imputó responsabilidad como coautor mediato por los crímenes de guerra de tortura y ultrajes contra la dignidad personal.
‘Monín’: Integró la comandancia de la Columna Móvil Jacobo Arenas desde 1998 y fue su segundo comandante desde 2013. También se le imputó responsabilidad como coautor mediato por los crímenes de guerra de violación, tortura y ultrajes contra la dignidad personal.
‘Leonel Páez’: Fue fundador de la Columna Móvil Gabriel Galvis y su máximo comandante hasta 2014. Se le imputó responsabilidad como superior, por no haber ejercido el control efectivo para prevenir, investigar y sancionar los hechos cometidos por sus subordinados dentro de la estructura que comandaba, por los crímenes de lesa humanidad de violación y otra forma de violencia sexual de gravedad comparable y por el crimen de guerra de violación, y como coautor mediato por el crimen de guerra de ultrajes contra la dignidad personal.
Lo encontrado por la JEP en medio de la investigación
Estos 5 excomandantes de las antiguas Farc fueron hallados responsables por los crímenes de lesa humanidad de violación. También se les imputaron los crímenes de guerra de violación, tortura por los abortos forzados practicados a niñas y mujeres reclutadas, así como los ultrajes contra la dignidad personal como la anticoncepción forzada practicada contra mujeres en las filas de la antigua guerrilla de las Farc.
Los abortos forzados practicados a las niñas y mujeres reclutadas fueron calificados por la JEP como el crimen de guerra de tortura, y la anticoncepción forzada como el crimen de guerra de ultrajes contra la dignidad personal, al considerar que las personas reclutadas se encontraban fuera de combate frente a los miembros de su propia organización. Asimismo, calificó los actos de discriminación y violencia contra personas con orientación sexual, identidad y expresión de género diversas como el crimen de lesa humanidad de persecución por motivos de género.
La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP tiene bases suficientes para determinar que la violencia sexual y otras violencias basadas en género cometidas por miembros de las Farc en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca configuraron un patrón criminal, cometido en el marco de la disputa por el control territorial y social de la zona. En algunos casos, por ejemplo, la violencia sexual fue usada para castigar a quienes infringían las reglas impuestas por la guerrilla.
¿Qué sigue en el proceso?
Los 5 excomandantes imputados por la JEP tienen 30 días hábiles para reconocer o no los delitos atribuidos. Si los comparecientes imputados reconocen su responsabilidad por escrito, la JEP hará una audiencia de reconocimiento en la que los comparecientes deberán admitir también su responsabilidad frente a las víctimas que deseen participar y posteriormente podrán ser postulados para recibir yan sanción propia, que no significa cárcel.
Si los exFarc no aceptan su responsabilidad en estos crímenes de guerra y de lesa humanidad serán remitidos a la Fiscalía de la JEP que es la Unidad de Investigación y Acusación para enfrentar un juicio en el que se exponen a pagar hasta 20 años de prisión.
Cristina Navarro
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