Cambio de fondo a Colpensiones sigue disponible para este grupo de trabajadores en Colombia
¿Quiénes aún pueden pasarse de fondo privado a Colpensiones tras cierre de la ventana pensional? Toda la información aquí:


El pasado 16 de julio finalizó oficialmente la denominada ventana pensional, el mecanismo excepcional creado por la reforma pensional que permitió a miles de colombianos próximos a cumplir la edad de jubilación trasladarse entre el régimen privado y Colpensiones, incluso cuando ya no podían hacerlo bajo las reglas tradicionales.
Sin embargo, el cierre de este plazo no significa que los cambios de régimen desaparezcan por completo. Desde ahora vuelven a aplicarse las condiciones establecidas en la Ley 100 de 1993, por lo que todavía existe un grupo de afiliados que puede solicitar el traslado entre los dos sistemas.
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De acuerdo con cifras de Asofondos, durante el periodo de la ventana pensional más de 166.000 trabajadores lograron cambiar de régimen, luego de que los fondos privados atendieran a más de 237.000 afiliados en procesos de doble asesoría y recibieran, en promedio, 7.000 solicitudes.
¿Quiénes todavía pueden cambiarse de fondo privado a Colpensiones?
Con el cierre de la medida extraordinaria, vuelve a regir la norma general contemplada en la Ley 100 de 1993.
Esto significa que solo podrán cambiar de régimen las personas que estén a más de diez años de cumplir la edad de pensión.
En la práctica, esto aplica para:
- Mujeres menores de 47 años
- Hombres menores de 52 años
Quienes cumplan con estas edades podrán solicitar el traslado entre un fondo privado y Colpensiones, siempre que también satisfagan los demás requisitos establecidos por la legislación, como los tiempos mínimos entre traslados y el proceso de doble asesoría cuando corresponda.
¿Qué pasó con la ventana pensional?
La ventana pensional fue una medida transitoria incluida dentro de la implementación de la reforma pensional para beneficiar a quienes estaban cerca de pensionarse y habían perdido la posibilidad de cambiar de régimen debido a la regla de los diez años.
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Gracias a esta excepción, miles de trabajadores pudieron analizar nuevamente cuál sistema les convenía más antes de llegar a la edad de jubilación.
Con la finalización del plazo, esa posibilidad extraordinaria desapareció y ya no podrán acogerse nuevos afiliados bajo esas condiciones especiales.
¿Qué deben tener en cuenta quienes quieran cambiar de régimen?
Antes de solicitar un traslado, los expertos recomiendan revisar cuidadosamente cuál régimen resulta más favorable según la historia laboral, las semanas cotizadas, el nivel de ingresos y las expectativas de pensión.
Además, es importante recordar que el proceso debe realizarse cumpliendo las condiciones previstas por la ley y, cuando aplique, mediante la doble asesoría, mecanismo que busca que el afiliado reciba información tanto de Colpensiones como del fondo privado antes de tomar una decisión definitiva.

Daniela Puerto
"Periodista de la Universidad del Rosario con mención en Relaciones Internacionales y énfasis en el...




