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Curules de paz en Guaviare: Tribunal requirió a magistrados del CNE por incumplimiento de tutela

Además, les dio 48 horas a los magistrados para que expliquen por qué no se acató el fallo del pasado 3 de marzo; de lo contrario, se abrirá un incidente de desacato.

Curules de paz / Colprensa

Curules de paz

Justicia

Caracol Radio conoció en primicia que el Tribunal Administrativo del Meta requirió a 10 magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) para que, en el término de dos días, expliquen por qué no se cumplió el fallo de tutela que ordenaba emitir un pronunciamiento de fondo en el proceso administrativo que se adelantó por presunta trashumancia electoral en la Circunscripción Transitoria Especial de Paz número 7, que comprende varios municipios de Guaviare y Meta.

El Tribunal además advirtió que, de no cumplir con la solicitud, se abrirá un incidente de desacato.

CNE. Foto: Colprensa

CNE. Foto: Colprensa

Caracol Radio conoció el auto previo al incidente de desacato, de seis páginas, en el que se pide al CNE explicar las razones por las que no se dio cumplimiento al fallo emitido a principios de mes, justo antes de las elecciones al Congreso de la República, que se realizaron el pasado domingo.

“PRIMERO: Por Secretaría de este Tribunal, REQUERIR a los magistrados Cristian Ricardo Quiroz Romero, Alfonso Campo Martínez, Maritza Martínez Aristizábal, Álvaro Echeverry Londoño, Benjamín Ortiz Torres, Fabiola Martínez Grisales, Altus Alejandro Baquero R., Pablo Julio Cruz Ocampo, Álvaro Hernán Prada A. y Alba Lucía Velásquez H., para que, de forma directa, en el término de dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia, se pronuncien sobre el cumplimiento del fallo de tutela del 3 de marzo de 2026 y los cuestionamientos de la parte actora en su escrito de incidente de desacato”, se lee en el auto.

El alto tribunal también les pidió a los magistrados requeridos que suministren sus datos de identificación y ubicación, esto en caso de que se imponga una sanción por el desacato de la tutela.

“SEGUNDO: ORDENAR a los funcionarios requeridos y al CNE informar a este despacho, dentro del mismo término de dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia, sus datos de identificación y de notificación personal, tales como la dirección de correo electrónico institucional o personal y el número telefónico. No obstante, en el evento de que el cargo mencionado se encuentre ocupado por otro funcionario o el cumplimiento de las órdenes esté a cargo de otro funcionario, informe sus identificaciones y datos para sus individualizaciones y notificaciones, en caso de llegar a imponerse una sanción”.

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La advertencia

El Tribunal Administrativo del Meta lanzó un ultimátum a los magistrados del CNE.

“TERCERO: ADVERTIR a los magistrados requeridos que, de no atender el llamado anterior, se procederá a ABRIR el INCIDENTE DE DESACATO solicitado en su contra, conforme a las precisiones del Decreto 2591 de 1991”.

También ordenó al CNE y a la Registraduría Nacional del Estado Civil que entreguen toda la información sobre este caso en dos días.

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En contexto

El pasado 3 de marzo, el alto tribunal, mediante un fallo de tutela, le ordenó al Consejo Nacional Electoral que, en un término de dos días, debía pronunciarse sobre el proceso que se adelantó por la presunta trashumancia electoral que se habría presentado en las curules de paz correspondientes al número 7, que reúne municipios del Meta y Guaviare.

Igualmente, en el fallo de 62 páginas también conocido por este medio, se le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil verificar las inscripciones cuestionadas en las zonas rurales y depurar el censo electoral.

Además, a la Procuraduría General de la Nación se le solicitó revisar que se cumpla con las órdenes del tribunal.

En el fallo también se ampararon los derechos fundamentales a la participación política, igualdad material y reparación de las víctimas dentro de la Circunscripción Transitoria Especial de Paz (CITREP) 7, que Amparo Sánchez Hereda, representante legal de la Asociación Red de Mujeres Vereda La Y (ASOYERURAL), consideró vulnerados con la presunta inscripción ilegal de cédulas.

El incremento del 1.500 % en la inscripción de cédulas en el departamento del Guaviare, con referencia al censo electoral, prendió las alarmas y, por ello, la accionante interpuso la tutela para garantizar que se revise el posible caso de trasteo de votos en esa región.

Agua Bonita (San José) tenía 170 inscritos para votar en 2022 y este año aumentó a 2.789, generando un incremento del 1.540 %.

Lo mismo ocurrió en la vereda Tierra Alta, del municipio de El Retorno, donde estaban habilitadas para votar 268 personas y ahora hay 743 inscritos.

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“RESUELVE: PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso electoral, a la participación política, a la igualdad y a los derechos de las víctimas representadas por la Asociación Red de Mujeres Rurales Vereda La Y (ASOYERURAL), conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”, se lee en el fallo.

Sobre el CNE se señaló que:

“SEGUNDO: ORDENAR al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que, en el término de dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia, profiera decisión de fondo en el proceso administrativo que adelanta por la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en la Circunscripción Transitoria Especial de Paz nro. 7 (CITREP 7), al cual se dio apertura a través del Auto-MMA-136-2025 del 29 de octubre de 2025, atendiendo cada una de las etapas dispuestas en la Resolución 7671 de 2021.

No obstante, si por la proximidad de los comicios (8 de marzo de 2026) las etapas y términos previstos en la Resolución 7671 de 2021 finalizan con posterioridad a las elecciones, el Consejo Nacional Electoral (CNE), en todo caso, deberá culminar el procedimiento administrativo de inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en la Circunscripción Transitoria Especial de Paz nro. 7 (CITREP 7) y publicar, de manera inmediata, las decisiones que emita dentro de dicho procedimiento en un espacio visible de su página web.

Adicionalmente, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá, de manera inmediata, remitir las decisiones que emita dentro del procedimiento administrativo de inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en la Circunscripción Transitoria Especial de Paz nro. 7 (CITREP 7) a la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que esa entidad las publique y proceda de conformidad”.

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Cabe recordar que las curules de paz fueron creadas como un mecanismo de reparación política a las víctimas del conflicto armado interno y surgieron en medio de la negociación del Acuerdo Final de Paz, firmado en 2016 entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.

Regaño del alto tribunal

Los magistrados señalaron que la trashumancia revictimiza a los sobrevivientes del conflicto al impedir que, de manera transparente, se realicen las votaciones para las curules de paz.

“En este orden de ideas, debe la Sala enfatizar que las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz nacieron de la necesidad de adoptar medidas de reparación integral y de no repetición a las víctimas del conflicto armado que, con ocasión de la violación masiva de sus derechos, enfrentan el fenómeno de ciudadanía precaria o incompleta, por virtud del cual no les ha sido posible ejercer realmente sus derechos políticos y elegir libremente a sus representantes, dando lugar a un escenario de representación fallida.

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También se ven afectados los derechos de las víctimas del conflicto armado, en este caso representadas por la asociación accionante, puesto que aquellas, a través del Acuerdo de Paz, lograron como medida de satisfacción —con la que se pretende resarcir el daño político al que han sido sometidas— su representación en el Congreso de la República a través de una curul para cada Circunscripción Transitoria Especial de Paz”, se destacó en la sentencia.

“Ha sido la inacción del CNE en el cumplimiento de sus atribuciones, al no definir de manera oportuna el procedimiento por él mismo previsto respecto de la inscripción de cédulas, la que ha conducido a la situación que debió resolver esta Sala”, se lee.

Jenny Rocio Angarita

Jenny Rocio Angarita

Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad de Ibagué de la facultad de Comunicación Social...

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