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Caso de Dilan Cruz pasa a la justicia ordinaria por orden de la Corte

Una tutela de la familia pedía que el proceso penal saliera de la Justicia Penal Militar.

Familiares, amigos y manifestantes realizan un acto conmemorativo por muerte de Dilan Cruz.

Familiares, amigos y manifestantes realizan un acto conmemorativo por muerte de Dilan Cruz. (Cortesía: Sergio Acero, Colprensa.)

La Corte Constitucional ordenó que el proceso penal que se adelanta contra el capitán de la policía, Manuel Cubillos Rodríguez, por la muerte en 2019 del joven Dilan Cruz debido a un disparo que recibió en la cabeza de una escopeta calibre 12 del Esmad cuando marchaba en Bogotá, pase de inmediato a la justicia ordinaria.

Yenny Alejandra Medina, madre de Dilan, había interpuesto una tutela contra la decisión del Consejo Superior de Judicatura, que había determinado que la Jurisdicción Penal Militar debía llevar el proceso por la muerte de su hijo.

La Corte estudió el caso y le dio la razón a Yenny Medina. Encontró que solamente se tomaron en cuenta los testimonios de miembros del Esmad para demostrar que los manifestantes habían agredido a la Policía, por lo que supuestamente fue necesario el uso de la fuerza y, por lo tanto, justificar que la conducta del capitán Cubillos tenía que ver con el servicio policial.

“El contenido de las pruebas no evidencia con la nitidez requerida que la reacción de la Policía Nacional, en la cual se inscribe la conducta del capitán investigado, haya sido emprendida para contrarrestar una manifestación que había adquirido carácter violento”, señala la Corte.

Además, el alto tribunal observó que se ignoraron otras pruebas que podrían conducir a una conclusión distinta por parte del Consejo Superior de la Judicatura y determinó que no existe certeza de por qué el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional aquella tarde del 23 de noviembre del 2019.

Indicó que hay dudas probatorias sobre el vínculo inmediato entre la actividad del servicio del capitán Cubillos y el delito, por lo que el proceso penal debe ser conocido por la Justicia Ordinaria. Es así que la Sala Plena de la Corte Constitucional amparó las garantías constitucionales al debido proceso a la madre de Dilan.

Es así que ordenó al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar enviar las diligencias que adelanta contra el capitán de la Policía Nacional, Manuel Cubillos, por la muerte de Dilan Cruz, a la Fiscalía 298 Seccional de la Unidad de Vida Bogotá, para que reanude la respectiva investigación.

Las pruebas practicadas hasta el momento en la Jurisdicción Penal Militar mantendrán su valor, determinó la sentencia.

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