Política

Constitución colombiana

La Constitución de 1991 y sus efectos en la seguridad colombiana

Promotores y expertos de la carta magna hacen un análisis sobre sus implicaciones en materia de orden público.

Colombia enfrentaba a finales de los años 80 una crisis de legitimidad enorme. El país atravesaba por una ineficacia de la rama judicial en donde predominaba la impunidad y soportaba el acoso del terrorismo y el narcotráfico, por la falta de un monopolio de las armas del Estado, generando una desconfianza en el actuar de las diferentes instituciones.

Para Óscar Ortiz González, gestor de la Séptima Papeleta y ex zar anticorrupción, el proceso constituyente, que contó con el apoyo de un 90 por ciento de la población, reconfiguró la democracia colombiana y la dotó de legitimidad: tres plebiscitos, dos sentencias de constitucionalidad y 110 mil propuestas que, entre otras, tocaba a la Fuerza Pública.

No padecimos las dictaduras, como en otros países de la región. Entonces, nuestra Fuerza Pública, por enfrentar organizaciones terroristas y narcotraficantes muy violentas, no fue vista como aquella que haya maltratado al pueblo colombiano, sino al contrario, lo ha defendido. Es así, que se le devolvió la confianza a la Fuerzas Militares y de Policía”, indicó Ortiz.

Otro efecto que tuvo la Constitución de 1991 es que el régimen de estado de sitio dejó de existir, para darle paso al estado de excepción con controles y limitaciones constitucionales. “Ya dejamos de vivir en un sistema concentrado y autoritario de las instituciones nacionales. De esta manera, se confía en la Fuerza Pública para proteger la vida, la honra, los bienes, creencias y libertades de sus conciudadanos”, señaló el abogado de la Universidad del Rosario.

Ortiz recordó que el entonces ministro de Defensa (1942-2000), Rodrigo Lloreda Caicedo, hizo el cambio de pensum en las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de Policía para estudiar la Constitución y reforzar la tarea de defender los derechos ciudadanos. “La fuerza pública actúa para hacerlos valer”, concluyó.

La creación de la Fiscalía General de la Nación también sentó las bases para disminuir la impunidad y recuperar la legitimidad en un país que para finales de los años 80 estaba convulsionado. “Si somos cuidadosos, miramos que la Constitución señaló que la Fiscalía, por ejemplo, tiene entre sus funciones participar en el diseño de la Política del Estado en material criminal”, dijo Mario Iguarán, quien dirigió esa entidad entre los años 2005 y 2009.

Iguarán enfatizó que este organismo acusatorio suministra al Gobierno información sobre las investigaciones que se están adelantando cuando sea necesaria para la preservación del orden público. El ex fiscal y ahora profesor universitario, Mario Iguarán, también destacó los derechos a la libre expresión, a realizar huelgas y asociaciones sindicales y desarrollar manifestaciones públicas y pacíficas.

“Sin embargo, la Constitución no reconoce estas últimas como derecho absoluto y excluye aquellas que son violentas y tienen objetivos ilícitos, como la propaganda a la guerra, la apología a la violencia y el delito y la instigación a dañar las cosas ajenas. Es entonces cuando se habilita legal y constitucionalmente a la Policía para actuar cuando se ven violados los derechos de los demás, cumpliendo unos protocolos y garantizando los derechos humanos”, aseguró Iguarán.

Indicó que, si un gobierno toma la decisión de decretar la conmoción interior por graves problemas de orden público, está la garantía de que la normativa expedida por el ejecutivo tiene que pasar por un control automático que hace la Corte Constitucional. “Un ejemplo es la actual emergencia económica y social con ocasión de la pandemia de la COVID-19, en donde algunos decretos fueron declarados inexequibles por ese alto tribunal”, manifestó.

El ex fiscal dijo que la Constitución de 1991 estableció que Colombia es un Estado Social de Derecho. “Es actuar conforme a la ley, pero adecuándola a una concepción democrática para que se haga justicia. Antes de 1991, usted no podía reclamar ante un juez o a una autoridad sobre un procedimiento que se consideraba arbitrario”, indicó.

El capítulo 7 de la carta magna de Colombia está dedicado a la fuerza pública, y en este se establece en su artículo 221 que a la Justicia Penal Militar (JPM), como la instancia encargada de castigar las acciones punibles cometidas por militares y policías. Durante de 30 años de vigencia de la Constitución de 1991, este mecanismo ha sido cuestionado por sus niveles de impunidad y falta de imparcialidad de sus jueces.

Mario Montoya, docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit de Medellín, argumenta que esa justicia en 30 años ha tenido fallos favorables al no control para los miembros de las Fuerzas Armadas, en donde hay una preferencia por el comportamiento del militar y se impide la llegada de material probatorio determinante en un caso específico.

Actúa como una justicia de amigos, que está sometida a la disciplina militar, al espíritu de cuerpo y depende de los organismos del Gobierno, que dificulta que la política criminal tenga algún tipo de control. Es un problema enorme desde la Constitución de 1991”, criticó Montoya, quien añadió que ese tribunal hace de “bloqueador” para la penalización de los delitos que se perpetran por fuera del servicio militar o policial.

Para el experto constitucional, aún está en deuda la formación en Derechos Humanos y Derecho Penal Humanitario. “Evidentemente tenemos policías y soldados que honran las instituciones, pero tenemos asuntos que no se explican con la simple tesis de las manzanas podridas, como son los casos de ejecuciones extrajudiciales, llamados falsos positivos”, señaló Montoya.

Añadió que los conceptos de orden público y seguridad ciudadana están tergiversados por la fuerza pública, que la Constitución de 1991 no reparó. “La gente hoy marcha exigiendo mejor salud y menos impuestos, entonces la respuesta de orden público debería ser el diálogo, porque se está cuestionando una forma de vida. Pero si la respuesta es militar y policial al considerar que esa manifestación es peligrosa y bloquea las vías impidiendo un desarrollo económico, hay una noción equivocada, porque se interpreta como una amenaza”, indicó.

Por su parte, Carlos Arturo Velásquez, coronel de la Reserva Activa del Ejército y docente en temas de Memoria Histórica, aseguró que los jueces militares conocen a profundidad el manual operacional táctico que rige a los soldados, por lo que entiende las circunstancias de su actuación ante un combate contra el adversario.

A nosotros nos enseñaron ser un modelo ciudadano. Nuestro actuar está enmarcado en la Constitución Nacional. Entonces eso es lo que estamos velando por proteger y nos da más legitimidad ante el pueblo. Las acciones individuales contrarias a la ley deben ser juzgadas con garantías procesales. Aquel que deshonró su uniforme debe responder ante la justicia”, señaló.

Velásquez añadió que antes de 1991 el pensamiento militar era más limitado en las oportunidades para que los integrantes de la fuerza pública se capacitaran en diferentes disciplinas. “La Constitución permitió que se tuviera un mayor acceso a la educación, y hoy en día se demuestra que son unas fuerzas armadas más profesionales al servicio del país para defender la soberanía nacional y los derechos de la población”, dijo.

Destacó que la carta magna permitió más participación de la mujer. “Antes de 1991 había un número muy pequeño. Ahora, vemos mujeres en el cargo operacional como pilotos en la Fuerza Aérea y generales en la Policía”.

Enfatizó Velásquez que sí hay un respeto a los derechos humanos. “Hay unos criterios definidos en la doctrina militar de cómo actuar ante un conflicto armado como el colombiano. Se han realizado cartillas y manuales en el cómo ser rigurosos en el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario, y es algo de lo que ha hecho hincapié la Constitución del 91”.

Colocó de ejemplo a la población desmovilizada de grupos armados ilegales, a quienes se les garantizó el respeto por la vida y de reincorporarse a la sociedad como una segunda oportunidad.

Por último, Velásquez dijo que es perentorio realizar una Ley de Seguridad de Defensa Nacional, que permita definir los roles de la Policía y Ejército Nacional. “Es una responsabilidad política. Hay gobernantes y senadores que no entienden por qué es importante. Define las capacidad y competencias de cada una de las Fuerzas Armadas”, concluyó.

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