Colegio no afectó presunción de inocencia a señalado de pedir fotos íntimas
La Corte Constitucional sostiene la decisión del colegio, pero indicó que el colegio no manejó el lenguaje correcto.
La Corte Constitucional ampara decisión del colegio que expulsó a estudiante por solicitarle y obtener a través de medios electrónicos, material fotográfico de carácter íntimo de una niña de 12 años, también vinculada a la Institución Educativa
El padre del menor expulsado en representación de su hijo, de 15 años, presentó una demanda de tutela en contra la Institución Educativa donde el niño estudiaba, con el propósito de obtener el amparo al debido proceso, a la defensa, a la legalidad y a la presunción de inocencia.
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Sostuvo que la institución accionada afectó los derechos del adolescente debido a la decisión del Comité Escolar de Convivencia, de suspenderlo indefinidamente de manera preventiva, como resultado de un procedimiento disciplinario adelantado por la conducta de solicitar y obtener, a través de medios electrónicos, material fotográfico de carácter íntimo de una niña de 12 años, también vinculada a la Institución Educativa.
La Corte resolvió sostener la decisión del colegio de retirar al menor, sin embargo, indicó que el colegio no manejo un lenguaje adecuado y ordenó mediante secretaria de educación hacer temas de pedagogía para el uso del lenguaje cuando se resuelven este tipo de conflictos de género, respeto a la intimidad y su manejo por redes sociales.