Salud y bienestar

Casos judiciales

Madre venezolana denunció a EPS colombiana por no brindar atención médica

La menor tendría una enfermedad pulmonar. Su madre interpuso una acción de tutela, ya que al no tener permiso de permanencia no podría afiliarse.

Madre venezolana denunció a EPS colombiana por no brindar atención médica

Madre venezolana denunció a EPS colombiana por no brindar atención médica / Colprensa/Archivo

La joven venezolana promovió una acción de tutela en contra de la Secretaría de Salud de la Gobernación de Amarillo y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.

Pues considera que esas entidades vulneraron los derechos a la vida, a la igualdad, a la salud, a la seguridad social y a la dignidad humana de su hija Juliana, de tres años, al abstenerse de brindarle atención médica y no expedir en favor a su familia el Permiso Especial de Permanencia, lo que les ha impedido afiliarse al sistema de seguridad social en salud.

La madre de la menor de edad sostuvo que no cuenta con los recursos económicos suficientes para proveerle y asegurarle el tratamiento y la atención que ella requiere, en especial, la atención en "cardiología pediátrica pulmonar". Sobre el particular, aseguró que son "víctimas de la crisis de nuestro país, con necesidades básicas insatisfechas, que se identifican en carencias de alimentos, salud, vivienda, y seguridad"

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) señaló que no le consta ninguno de los hechos relatados en el escrito de tutela y que el conocimiento que tiene de ellos fue producto de la notificación de este trámite.

Afirmó que ni la accionante ni los miembros de su familia, se encuentran en el RAMV. Expresó que desconoce la razón por la que ninguno de ellos ha tramitado el PEP.

La procuradora 24 judicial II para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia impugnó esa decisión en donde el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Azul (Amarillo) negó el amparo de los derechos de Juliana y no accedió a las pretensiones respecto de los demás miembros de la familia de la señora Carmen y al contrario manifestó que la niña ya ha llegado a la cianosis, de modo que requiere atención de urgencia.

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En seguimiento de la Resolución 5269 de 2017, es claro que la urgencia médica engloba los procedimientos y servicios que sirven para preservar la vida y prevenir consecuencias críticas permanentes o futuras para la salud. Así, considera que, en esta oportunidad, es necesaria la intervención urgente del juez constitucional.

Finalmente, la Corte Constitucional falló a favor de la familia venezolana en lo que respecta a la regularización de su condición migratoria, también conceder el amparo del derecho a la salud, a la igualdad y a la vida digna de Juliana, la menor venezolana.

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