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Salud y bienestar
Coronavirus Covid-19

‘Rebelión de las canas’ de nuevo le gana pulso jurídico al Gobierno Nacional

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la suspensión de los artículos que restringen la movilidad de los adultos mayores.

(Colprensa)

El fallo del Tribunal concluyó que las medidas restrictivas adoptadas por el Gobierno Nacional frente a los adultos mayores de 70 años en medio de la pandemia del COVID-19, son innecesarias.

Por ello, ordenó suspender de manera transitoria el artículo 1 del Decreto 847 del 14 de junio de 2020, que estableció que: "El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día".

En otro aparte de la sentencia, se establece que todos los adultos mayores de 70 años, haciendo uso de su independencia y autodeterminación pueden decidir al igual que las personas entre 18 y 69 años, las veces que consideran prudente o adecuado salir a desarrollar actividades físicas y de ejercicio al aire libre.

De acuerdo con el fallo del Tribunal, la suspensión se mantendrá hasta tanto se resuelva la demanda de nulidad por inconstitucionalidad

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