Gobierno definió cómo será el pago de la incapacidad a pacientes COVID
Las personas afiliadas al régimen contributivo recibirán la compensación con base al certificado del diagnóstico, expedido por un médico.
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Gobierno definió cómo será el pago de la incapacidad a pacientes COVID / Getty Imagenes (Getty Imagenes)
Caracol Radio conoció el decreto 1109 expedido por el Ministerio de Salud, a través del cual se oficializa la creación del Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible, PRASS, para el seguimiento de los casos y contactos cercanos de las personas diagnosticadas con Covid-19; además que reglamenta cómo será el pago de la incapacidad a quienes deben estar en aislamiento preventivo tras contagiarse del virus.
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Básicamente, se establece que las personas que estén afiliadas al régimen contributivo y den positivo para el COVID, recibirán un recurso económico derivado de la incapacidad por enfermedad general o por enfermedad laboral, lo cual debe ser reconocido por las EPS o las ARL, y así garantizar el aislamiento del paciente y su núcleo familiar. Aunque si el médico tratante considera que no es necesaria la incapacidad, estos serán priorizados para realizar teletrabajo o trabajo en casa.
Por su parte, quienes estén afiliados al régimen subsidiado y se contagien del virus, contarán con la compensación económica que corresponde a siete días de Salario Mínimo Legal Diario Vigente, lo cual equivale a unos $228. 820, que serán pagados por una sola vez y por núcleo familiar, siempre y cuando se haya cumplido la medida de aislamiento.
La normativa también determina otras disposiciones como que los recursos sean girados por la ADRES, de acuerdo a la disponibilidad e información que le suministren las EPS; en caso de que el afiliado diagnosticado fallezca, el dinero será entregado a su núcleo familiar; y las Secretarias de Salud Departamentales y Distritales, podrán realizar cercos epidemiológicos presente conglomerados con un alto número de casos positivos para el virus.