JEP ordena al Gobierno proteger la vida de los comparecientes de las exFarc
Las órdenes son para el Alto Comisionado para la Paz, el Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, y para la UNP.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, impuso medidas cautelares colectivas de protección para los excombatientes de las extintas Farc que están sometidos a esta justicia. Estas medidas se toman luego de que la JEP evaluó en dos audiencias la grave condición de seguridad y las razones del desplazamiento de familias de excombatientes asentados en Ituango (Antioquia).
Las órdenes son para el Alto Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos, el Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, Emilio Archila, y para la Unidad Nacional de Protección.
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La medida que tomó la Jurisdicción Especial para la Paz, se dio luego de constatar la grave situación de vulneración los derechos fundamentales de los excombatientes de las antiguas Farc, más de 200 comparecientes han sido asesinados, fenómeno que ha sido documentado por la Misión de Verificación de las Naciones Unidas y el Instituto Kroc.
En ese sentido el Gobierno Nacional tiene que tomar las acciones necesarias para garantizar la seguridad y vida de los reincorporados a la sociedad civil.
Contenidos de las órdenes:
Alto Comisionado para la Paz
La JEP le ordenó al Alto Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos, realizar las gestiones necesarias para la efectiva puesta en funcionamiento del Programa de Protección Integral para los integrantes del nuevo movimiento político Farc, por lo que debe convocar a la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política .
Consejero Presidencial para la Estabilización y Consolidación
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP, le ordenó al Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, Emilio Archila, convocar a la Mesa Técnica de Seguridad y Protección para definir las medidas de protección que correspondan frente a solicitudes con análisis de riesgo, así como identificar y gestionar con celeridad lo necesario para la formulación e implementación del Plan Estratégico de Seguridad y Protección. El Consejero debe cumplir con lo dispuesto en el Decreto 301 de 2017 y debe remitirle al tribunal de paz los diagnósticos realizados sobre los Espacios Transitorios de Capacitación y Reincorporación y de las Nuevas Áreas de Reincorporación.
Unidad de Protección
En relación con la Unidad Nacional de Protección, la JEP dispuso que debe impulsar de manera coordinada con la Mesa Técnica de Seguridad y Protección la adopción e implementación del Plan estratégico de seguridad y protección, así como la implementación de las medidas de protección pendientes y realizar estudios de riesgo para los comparecientes que los soliciten, entre otros aspectos.
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Para la Sección de Ausencia de la Jurisdicción Especial para la Paz, la seguridad individual y colectiva de quienes participaron en el proceso de paz resulta fundamental en términos de garantía de no repetición y salvaguarda de los derechos de las víctimas a conocer la verdad sobre lo sucedido en el conflicto armado interno.