Vacaciones no hacen parte de la base para liquidar pensión
Así lo advirtió el Consejo de Estado al reliquidar la mesada de un exfuncionario
El Consejo de Estado advirtió que las vacaciones no pueden ser incluidas en el ingreso base de liquidación de la pensión.
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Así lo sostuvo el alto tribunal, al ordenar reliquidar la pensión de Omar Perea Romaña un exservidor público a quien se le otorgó el derecho, incluyendo las vacaciones como un factor salarial.
Perea había impuesto una demanda ante un Juzgado de Quibdó (Chocó), con el fin de obtener una reliquidación del valor de la pensión. Ese juzgado determinó que el extrabajador tenía derecho a que se incluyeran en el cálculo bonificaciones y vacaciones. Así lo determinó también el Tribunal Administrativo del Chocó.
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Sin embargo, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales pidió al Consejo de Estado revisar la decisión y ahora el alto tribunal deja claro que las vacaciones no son factor salarial sino un instrumento para garantizar descanso remunerado al trabajador y que no pueden ser incluidas en el ingreso base de liquidación de su pensión.