Corte Suprema rechaza ingreso del exgobernador Salvador Arana a la JEP
Dijo que es inaceptable que acepte a un “paramilitar puro” condenado y que puede haber fraude
La Corte Suprema de Justicia advirtió sobre los posibles riesgos en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) al admitir “paramilitares puros” que han sido condenados o procesados por ese alto tribunal.
La Corte rechazo que ese tribunal del sistema de verdad y justicia aceptó el ingreso de Salvador Arana Sus y de otros sentenciados por la Sala de Casación Penal.
El alto tribunal había condenado al exgobernador de Sucre a 40 años de prisión por desaparición forzada, homicidio agravado, concierto delinquir y por apoyar a grupos paramilitares, entre otros delitos. Además, tiene otra pena por 8 años.
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La Sala de Casación señaló que dicto las sentencias “en condición de miembro de las AUC infiltrado en la administración pública, desde la que ordenó la ejecución de crímenes –inclusive de lesa humanidad– a la organización, a la que brindó apoyo desde su concomitante condición de funcionario”.
Según el alto tribunal, Arana no actuó como tercero en el conflicto, sino que fue un “paramilitar puro”. “Camuflado en el servicio público, contribuyó al propósito de cooptación del Estado por las autodefensas y participó de crímenes propios de la organización armada ilegal, en la que mantuvo influencia por haber sido fundador”, dice la Corte.
El alto tribunal señaló que la competencia de revisar sus propias sentencias atribuida constitucional y legalmente a la Corte Suprema de Justicia inclusive con quienes quieran someterse a la JEP y que “no se limita a la potestad de admitir y decidir sobre la acción de revisión propia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición”.
Dijo que es “inaceptable” que la JEP se atribuya la competencia de admitir sentenciados por Corte Suprema