Salud y bienestar

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Coomeva, un año más con “vigilancia especial” de Supersalud

La entidad cuenta con 2.367584 afiliados en el país.

Superintendente Nacional de Salud, Luis Fernando Cruz Araújo.

Superintendente Nacional de Salud, Luis Fernando Cruz Araújo.(Colprensa)

Colombia

El superintendente Nacional de Salud, Luis Fernando Cruz, acogió la recomendación del Comité de Medidas  Especiales de prorrogar la medida preventiva de Vigilancia Especial por un año más a Coomeva  EPS.

La decisión se conoce luego de que la Supersalud evidenciara, entre otros, la “negación de servicios a usuarios por presuntas moras en el pago de seguridad social", y que en algunos casos, habían sido "ordenados por fallos de tutela".

La entidad de salud opera en 217 municipios del país y cuenta con una población afiliada de 2.367584 usuarios en el régimen contributivo y por movilidad.

De acuerdo a la resolución, se le ordena a la EPS además cumplir con las siguientes medidas:

1. Garantizar la prestación de los servicios de salud en los diferentes niveles de complejidad donde la EPS presenta cobertura geográfica y poblacional, cumpliendo los atributos de oportunidad y calidad. 

2. Reducir la tasa de incidencia de las PQRD, generando estrategias efectivas y contundentes que permitan mitigar las causales que originan los macromotivos de estas, con énfasis en la restricción para el acceso a los servicios de salud y falta de oportunidad en la atención para su población afiliada.

3. Optimizar la gestión realizada por la entidad para el manejo y control de enfermedades precursoras de la enfermedad renal crónica E.R.C. y las de seguimientos reportados en la cuenta de alto costo, mediante acciones efectivas de gestión del riesgo en salud.

4. Aumentar las coberturas en los Programas de Protección Especifica y Detección Temprana, definidas en la Resolución 4505 de 2012, hasta lograr las metas optimas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

5. Garantizar la accesibilidad de la prestación de los servicios de salud logrando el cumplimiento de la política de prevención y atención  integral en salud sexual y reproductiva desde un enfoque de derechos.

6. Proveer la información solicitada por la Superintendencia Nacional de Salud de forma confiable, oportuna, clara y suficiente, necesaria para la operación del sistema de monitoreo, de los sistemas de información del sector salud, o de las prestaciones de los servicios de salud de sus afiliados. .

7. Dar cumplimiento a las condiciones de habilitación financiera, en los montos y tiempos previstos.

8. Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Superintendenci a Nacional de Salud respecto de los componentes técnico científico, financiero, administrativo, jurídico.

9. Adelantar los procesos de conciliación y pago de cartera a la red externa de servicios de salud.

10. Fortalecer y dar cumplimiento a la política de reducción de costos en salud y gastos  administrativos.

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