Coomeva, un año más con “vigilancia especial” de Supersalud
La entidad cuenta con 2.367584 afiliados en el país.

Superintendente Nacional de Salud, Luis Fernando Cruz Araújo. / Colprensa
El superintendente Nacional de Salud, Luis Fernando Cruz, acogió la recomendación del Comité de Medidas Especiales de prorrogar la medida preventiva de Vigilancia Especial por un año más a Coomeva EPS.
La decisión se conoce luego de que la Supersalud evidenciara, entre otros, la “negación de servicios a usuarios por presuntas moras en el pago de seguridad social", y que en algunos casos, habían sido "ordenados por fallos de tutela".
La entidad de salud opera en 217 municipios del país y cuenta con una población afiliada de 2.367584 usuarios en el régimen contributivo y por movilidad.
De acuerdo a la resolución, se le ordena a la EPS además cumplir con las siguientes medidas:
1. Garantizar la prestación de los servicios de salud en los diferentes niveles de complejidad donde la EPS presenta cobertura geográfica y poblacional, cumpliendo los atributos de oportunidad y calidad.
2. Reducir la tasa de incidencia de las PQRD, generando estrategias efectivas y contundentes que permitan mitigar las causales que originan los macromotivos de estas, con énfasis en la restricción para el acceso a los servicios de salud y falta de oportunidad en la atención para su población afiliada.
3. Optimizar la gestión realizada por la entidad para el manejo y control de enfermedades precursoras de la enfermedad renal crónica E.R.C. y las de seguimientos reportados en la cuenta de alto costo, mediante acciones efectivas de gestión del riesgo en salud.
4. Aumentar las coberturas en los Programas de Protección Especifica y Detección Temprana, definidas en la Resolución 4505 de 2012, hasta lograr las metas optimas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
5. Garantizar la accesibilidad de la prestación de los servicios de salud logrando el cumplimiento de la política de prevención y atención integral en salud sexual y reproductiva desde un enfoque de derechos.
6. Proveer la información solicitada por la Superintendencia Nacional de Salud de forma confiable, oportuna, clara y suficiente, necesaria para la operación del sistema de monitoreo, de los sistemas de información del sector salud, o de las prestaciones de los servicios de salud de sus afiliados. .
7. Dar cumplimiento a las condiciones de habilitación financiera, en los montos y tiempos previstos.
8. Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Superintendenci a Nacional de Salud respecto de los componentes técnico científico, financiero, administrativo, jurídico.
9. Adelantar los procesos de conciliación y pago de cartera a la red externa de servicios de salud.
10. Fortalecer y dar cumplimiento a la política de reducción de costos en salud y gastos administrativos.
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