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Medimás debe permitir que sus afiliados cambien de EPS: Consejo de Estado

El Consejo de Estado le aclaró a Medimás que no puede retener a sus afiliados sin tener en cuenta el tiempo de afiliación en Cafesalud.

Medimás debe permitir que sus afiliados cambien de EPS: Consejo de Estado

Medimás debe permitir que sus afiliados cambien de EPS: Consejo de Estado(Colprensa)

Colombia

Aunque el Consejo de Estado rechazó las pretensiones de una acción popular interpuesta para que se aumentaran las medidas cautelares emitidas por parte de un Tribunal contra Medimás, aclaró algunos aspectos sobre las mismas debido a los reparos que le hizo la EPS.

Entre las medidas y una de ellas es el derecho de los afiliados de pasarse a otras entidades promotoras de salud. El Tribunal ordenó que Medimás debía informarles que pueden solicitar el cambio según los artículos 49 y 50 del Decreto 2353 de 2015, a lo que la EPS respondió que ese derecho "no es absoluto" dado a que los afiliados deben cumplir con varias condiciones con ánimo de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema.

Una de ellas es que el usuario debe permanecer en la misma entidad durante 360 días continuos o discontinuos contados a partir del momento de la inscripción, para ellos, a partir de que se vincularon a Medimás. El Tribunal había dicho que esos 360 días deben contarse desde que son afiliados a Cafesalud, lo cual rechazó la entidad diciendo que "induciría a un retiro masivo de afiliados, por lo que la desequilibraría financieramente".

Pero el Consejo de Estado dice otra cosa: "al ocupar esta el lugar de Cafesalud, conforme se explicó en precedencia, el tiempo mínimo de permanencia en la EPS debe contarse desde que el usuario ingresó a Cafesalud, más aún si se tiene en cuenta que el proceso iniciado por dicha entidad obedece a una reorganización y no a una extinción que implique que el usuario se tenga que afiliar a una nueva entidad".

Entre las otras medidas, se ordena al Medimás prestar el servicio de citas y autorizaciones médicas sin exigir otros trámites a los usuarios. La entidad dijo que se requieren de actualizaciones, pero el Consejo dijo que "es desproporcionado e injustificado, en todos los casos, someter nuevamente a los usuarios a trámites y procedimientos previos a la autorización, cuando esta ya había sido concedida por la entidad precedente".

El Consejo también le dejó claro a Medimás que sí debe asumir el pago de incapacidades que tenía pendiente Cafesalud, pues recibió todos los activos y pasivos de esa entidad, por lo que también los dineros de la UPC que iba dirigido a esos pagos.

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