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Corte advirtió al Inpec que debe garantizar la libertad de cultos de los internos

Determinó que se debe permitir a aquellas personas tener el cabello y la barba larga si su religión lo requiere

(Colprensa / Archivo)

Un fuerte llamado de atención le hizo la Corte Constitucional al Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec), debido a las presuntas violaciones que se estarían cometiendo con reclusos a quienes no se les permite ejercer la libertad de cultos.

Señaló la corporación judicial que el hecho de que estén privados de la libertad no significa que no puedan continuar con sus ritos y creencias religiosas.

La Corte indicó que “el recluso no deberá ser marginado sino reinsertado en la sociedad” por lo que reiteró que “el derecho fundamental a la libertad religiosa, en su dimensión interna, no puede ser restringido en el marco de la relación de especial sujeción por tratarse de una garantía intangible”.

“En este punto se debe recordar que el amparo de la libertad religiosa resulta inane si el Estado se niega a resguardar las manifestaciones más valiosas de la experiencia religiosa, que constituyen fuente de complacencia para cada persona” precisó.

El pronunciamiento se hizo al fallar una serie de tutelas radicadas por varios internos que pertenecen a Los Nazarenos y que de acuerdo a su religión es un pecado deshonroso ante los ojos de Dios, despojarse de sus barbas y pelo por lo que deben mantener con el pelo y la barba larga.

Argumentaron que “dejar crecer su pelo y vello facial no implica desconocer las normas sobre salubridad e higiene, ni se prestaría para fugas”. Pues para ello evidencian que “miembros de comunidades indígenas, LGBTI y afro que se encuentran recluidos en el mismo centro tienen su cabello largo, sin que se haya presentado algún inconveniente”.

Agregaron que “solicitaron en 18 ocasiones a la dirección del establecimiento penitenciario que autorizara el cambio de su presentación personal, así como el ingreso de túnicas para los días sagrados de júbilo y pentecostés, que celebran con devoción”.

Por esta razón la Corte indicó que si la idea es “evitar fugas bajo la modalidad del cambiazo” una de las soluciones podría ser la de “realizar un registro fotográfico del interno antes y después de modificar su apariencia. Para prevenir el ocultamiento de objetos en la túnica, se puede establecer que su uso se dé en determinados espacios y tiempos, siempre anunciados al personal de seguridad del penal con la suficiente antelación”.

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