Ciencia y medio ambiente

Caballos

Procuraduría requiere a William Dau por control a caballos cocheros

Se pretende establecer que tanto se ha avanzado en la protección de estos animales

Se pretende establecer que tanto se ha avanzado en la protección de estos animales

Se pretende establecer que tanto se ha avanzado en la protección de estos animales (Colprensa)

Cartagena de Indias

En oficio enviado por la Procuraduría Provincial De Cartagena dirigido al alcalde de Cartagena William Jorge Dau Chamatt y a Luisa Horta Orozco, Directora de la UMATA, hace un requerimiento por los vehículos de tracción animal y los coches de tracción animal turísticos.

El Ministerio Publico quiere conocer que labores preventivas ha adelantado la administración distrital y el Procurador Provincial ha ordenado el inicio de la actuación preventiva con el objeto de realizar seguimiento al cumplimiento de la acción popular proferida por el Juzgado octavo oral administrativo del circuito de Cartagena y confirmada por el tribunal administrativo de Cartagena.

Ante esto, le solicitan al mandatario remitir con carácter urgente y en el término de cinco días hábiles al recibo de la presente comunicación información relacionada con el Registro ante la UMATA de los coches y caballos cocheros.

La alcaldía deberá entregar la relación de coches que prestan el servicio indicando la placa y el estado del coche y soporte de la revisión del mismo, relación de los caballos asignados a cada coche con la respectiva constancia medica veterinaria indicando en cada caso el nombre y cédula de médico veterinario que certifica, el estado de salud y el cumplimiento de las condiciones mínimas.

Para la prestación del servicio de coches, los caballos tendrán que contar con un peso mínimo de 350 kilogramos, talla mínima de 1.45 metros, edad mínima de 4 años y máxima de 8 años, estar vacunado contra le encefalitis equina venezolana (Según se pruebe con certificado del Ica, Dadis O Umata Distrital), sin heridas, con resistencia félsica para ése tipo de trabajo, bien nutridos y herrados.

Los aperos deben ser de cuero con uniones de anillos metálicos o hebillas metálicas de cuero

Oficio mediante el cual se señale la dirección de la pesebrera en la cual permanecerá cada caballo durante sus horas de descanso.

Certificado de identificación equina ( C.I,E), Constancia de Registro indicando el hierro que señala la propiedad del caballo, el nombre propietario, la placa del coche que prestará el servicio y los días en que podrá circular el caballo, de conformidad con la información que para tal efecto debió otorgar el Departamento de Tránsito y Transporte DATT.

Copia de las revisiones trimestrales realizadas a cada caballo durante el último año En el ejercicio de las actividades propias de la actuación preventiva se compulsará copia a la Personería Distrital, al Comando de Policía Metropolitana de Cartagena para que socialice con el personal policial de la institución, a la Secretaria del interior para que socialice con los inspectores de Policía, todo lo anterior para que desde sus labores misionales estos entes garanticen plenamente el cumplimiento de las disposiciones que regulan el ejercicio de los Coches Turísticos de la ciudad de Cartagena.

La información solicitada deberá ser entregada antes del día 15 de julio.

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