Los establecimientos gastronómicos que sí podrán vender bebidas alcohólicas
En el decreto 055 del 22 de febrero de 2021 se tomaron medidas para que los 'gastrobares' no puedan vender licor en el lugar.
En el decreto 055 del 22 de febrero de 2021, la Alcaldía de Bogotá decidió tomar medidas para que los 'gastrobares' no puedan vender licor en el lugar como se venía haciendo, pues se denunciaba que por una comida 'simple', se podía pedir una gran cantidad de alcohol.
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Ahora, la resolución aplica para que solamente los restaurantes y sitios de comida preparada sean los lugares que puedan vender alcohol para consumir en el lugar. Claro, debe ir acompañado de una comida.
Requisitos del lugar para poder vender alcohol y ser consumido en el establecimiento:
1. Expendio a la mesa de comidas preparadas.
2. Expendio por autoservicio de comidas preparadas.
3. Expendio de comidas preparadas en cafeterías.
4. Otros tipos de expendio de comidas preparadas.
*Información de la Alcaldía de Bogotá.
Es decir que, finalmente, los sitios que no estén adjudicados con los anteriores requisitos, no podrá vender bebidas alcoholicas para ser consumidas en el lugar. Adicionalmente, cada pedido de consumo de licor en el establecimiento debe ir acompañado de una comida preparada; así como de las respectivas medidas de bioseguridad.