¿Un comparendo es lo mismo que una multa? Conozca las diferencias y evite confusiones
Las autoridades pueden colocar medidas correctivas a los infractores que pueden incluir sanciones económicas o pedagógicas.

Conozca la diferencia entre comparendo y multa | Alcaldía de Bogotá/ Getty Images

En todo el territorio colombiano, las personas se deben regir por unas normas de convivencia para intentar garantizar el bienestar de todos; sin embargo, no siempre se cumplen y se deben corregir esos malos comportamientos o actuaciones.
Dependiendo de la gravedad, hay dos tipos de medidas correctivas para la ciudadanía y que son establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Conozca la diferencia entre comparendo y multa.
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El comparendo es una orden en documento físico o digital en el que una autoridad registra un comportamiento contrario a la convivencia y expresa las medidas correctivas que se podrían aplicarse según sea el caso.
Esto quiere decir que es el acto en el que se le informa al ciudadano una conducta observada y las posibles consecuencias que pueden tener. El comparendo es la orden a un ciudadano para comparecer ante la autoridad competente.
Por otra parte, una multa corresponde a una de las medidas correctivas que puede imponerse a una persona, tras una orden de comparendo, y consiste en una sanción económica.
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Tipos de multas
Las multas están clasificadas en cuatro tipos y su sanción económica puede estar entre los $116.727 y $933.816, según sea la conducta cometida.
Es importante aclarar que no todos los comparendos terminan obligatoriamente en el pago de una suma de dinero. Uno de estos casos se presenta para las multas tipo 1 y tipo 2, ya que la normativa permite que no haya una cancelación de dinero, sino que sea reemplazada por la participación en actividades pedagógicas o comunitarias, siempre cumplan con los parámetros establecidos.
Uno de estos ejemplos es cuando las personas participan en jornadas que ayudan al mejoramiento del entorno como el embellecimiento de la ciudad o la promoción de la convivencia como una alternativa al pago de la multa.
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Valor de las multas
- Tipo 1: cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Tipo 2: ocho salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Tipo 3: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Tipo 4: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Ante este escenario, es recomendable que cada ciudadano revise muy atento las medidas correctivas reseñadas en la orden de comparendo antes de ir pagar.
Al verificar la información consignada en el documento, los ciudadanos podrán conocer cuáles son las medidas aplicables para cada caso y las alternativas que tiene disponible según la norma vigente.
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¿Cómo saber si tiene un comparendo y si se puede conmutar una multa?
Si un ciudadano quiere conocer si tiene un comparendo y si se puede conmutar una multa por medio de actividades pedagógicas o comunitarias debe seguir estos pasos:
- Ingresar a la página web de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
- Consultar los requisitos, procedimientos y alternativas disponibles para redimir el pago de algunas multas mediante actividades pedagógicas y acciones que contribuyen a fortalecer la convivencia en la ciudad.
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Cristian Contreras
Comunicador social y periodista de la Universidad Sergio Arboleda con más de 4 años de experiencia en...




