Magnicidio Miguel Uribe: Víctimas apelaron preacuerdo y condena de alias ‘Chipi’ o ‘El Costeño’
El abogado Víctor Mosquera apoderado de las víctimas le pidió al Tribunal que revoque la negociación y garantice una sentencia de al menos 60 años de prisión, por haber coordinado la planeación del atentado contra el senador y precandidato presidencial.

Elder José Arteaga, alias ‘El Costeño’, señalado el jefe que estructuró el atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay, pretendía robar una tractomula, dijo la fiscal del caso.

Justicia
El abogado Víctor Mosquera, representante de las víctimas, presentó un recurso de apelación ante la decisión que adoptó la juez novena Penal del Circuito Especializado de Bogotá que avaló el preacuerdo suscrito entre la Fiscalía General de la Nación y Elder José Arteaga Hernández, alias ‘Chipi’, también conocido como alias ‘El Costeño’, procesado por el magnicidio del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay.
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En el recurso, el apoderado solicitó revocar la decisión y no aprobar el acuerdo al considerar que vulnera los principios de legalidad y proporcionalidad, además de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
“La justicia premial no fue concebida para sustituir la justicia, sino para facilitarla”, señaló Mosquera. Según la apelación, el preacuerdo aprobado por la juez representa una “abdicación de la función punitiva del Estado” frente a un crimen de alta gravedad.
El abogado cuestionó que, pese a que la Fiscalía atribuye a Arteaga Hernández un papel central en la planeación y ejecución del crimen, el preacuerdo le otorgue una rebaja que calificó como excesiva.
Según el recurso de apelación, el procesado habría coordinado la operación criminal, reclutado a otros participantes, asignado funciones, organizado aspectos logísticos y articulado la huida de los responsables.
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La defensa de las víctimas sostuvo que alias ‘Chipi’ no fue un participante secundario. Por el contrario, recordó que el escrito de acusación de la Fiscalía lo ubica como la “pieza clave y central en la ejecución del magnicidio”.
El recurso advierte que la pena por homicidio agravado fue fijada en 290 meses de prisión, tras aplicar una disminución propia de la figura de complicidad. Para Mosquera, “el resultado punitivo que arroja es manifiestamente desproporcionado”, pues, a su juicio, se desconoce la gravedad de los hechos y el supuesto rol del procesado como articulador del atentado.
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También cuestionó los incrementos pactados por los demás delitos imputados. Por porte ilegal de armas agravado se acordaron seis meses; por concierto para delinquir agravado, otros seis meses; por uso de menores en la comisión de delitos, diez meses; y por ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, tres meses.
El abogado sostuvo que esas penas son “irrisorias” frente a los mínimos establecidos en la ley y que el acuerdo puede afectar la credibilidad de la administración de justicia. En particular, cuestionó que por el delito de uso de menores se haya pactado un incremento de diez meses, pese a que la conducta contempla una pena de entre 10 y 20 años de prisión.
La apelación plantea, además, que el preacuerdo desconocería la prohibición prevista en el artículo 199 de la Ley 1098 de 2006, que restringe las rebajas de pena derivadas de preacuerdos cuando se trata de delitos dolosos cometidos contra niños, niñas y adolescentes.
De acuerdo con el recurso, la Fiscalía sostiene que Arteaga Hernández habría dado la instrucción de conseguir a un menor de edad para ejecutar el ataque contra Miguel Uribe. Esa instrumentalización, según el escrito, no fue “un hecho fortuito”, sino un “acto deliberado, estratégico y doloso que buscaba asegurar la impunidad”.
Por ello, la representación de las víctimas considera que no podía concederse una rebaja punitiva en ese contexto. “No procederán las rebajas de pena con base en los preacuerdos y negociaciones entre la Fiscalía y el imputado o acusado”, cita el recurso al referirse a la norma del Código de Infancia y Adolescencia.
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Mosquera señaló que el acuerdo no habría aportado una verdad suficiente sobre los determinadores y financiadores del magnicidio. “La verdad incompleta también constituye una forma de impunidad”, indicó.
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“No es una pena ni irrisoria ni simbólica”: juez al anunciar la decisión


La juez argumentó que la negociación judicial se ajustó a los requisitos que establece el Código Penal.
También señaló que la dosificación de las penas cumplía con los requisitos que exige la ley para este tipo de acuerdos.
“Se pactó, frente al señor Arteaga Hernández, el monto de 315 meses de prisión y se tuvo en cuenta el aumento en razón del concurso (…) la misma constituye 26 años y 3 meses para el procesado, lo que a juicio de este juzgado no es una pena irrisoria ni simbólica. Se trata de una sanción grave que refleja la magnitud del crimen y que tiene un efecto ejemplarizante”, dijo.
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Sobre William Fernando Cruz, la juez expresó que “la misma también se ajustó a esos límites de discrecionalidad que se encuentra en cabeza de la Fiscalía General”, al decidir que la pena será de 261 meses de prisión, equivalente a 21 años y 9 meses.

Jenny Rocio Angarita
Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad de Ibagué de la facultad de Comunicación Social...




