Juez negó recurso de hábeas corpus de senadora Martha Peralta: Seguirá detenida
La congresista deberá seguir detenida mientras avanza su interrogatorio el próximo lunes 22 de junio ante la Corte Suprema de Justicia por hechos relacionados con el caso de corrupción en la UNGRD

Senadora Martha Peralta. Foto: Senado

Bogotá
La defensa de la congresista Martha Peralta presentó un recurso de hábeas corpus ante un juez de Bogotá, con el que buscaba tumbar su detención, pero la jueza del circuito de Familia de Bogotá, Sandra Isabel Bernal, negó la petición y por eso la congresista seguirá privada de la libertad mientras avanza su interrogatorio el próximo lunes 22 de junio ante la Corte Suprema de Justicia por hechos relacionados con el caso de corrupción en la Unidad Nacional de Gestión del Riesgos de Desastres.
Según el juzgado el hábeas corpus no está llamado a sustituir al juez competente, tampoco está facultado para pretermitir los procedimientos constitucional y legalmente establecidos, y menos aún para abordar temas cuyo estudio corresponde al interior de la actuación, por tanto, todas las peticiones de libertad deben ventilarse al interior del proceso.
“La captura con fines de indagatoria es una medida preventiva y coercitiva de carácter judicial y su objetivo exclusivo es garantizar la comparecencia de la persona investigada para que rinda su versión de los hechos y permitir que el funcionario competente defina su situación jurídica, orden que debe ser expedida por un funcionario judicial competente y se emite cuando la persona ha sido citada previamente y no ha atendido el llamado de la justicia en forma voluntaria.
Según la juez no puede perderse de vista que la orden de captura emitida dentro del asunto investigado por el despacho de la Magistrada Lombana no obedeció al arbitrio, capricho o voluntad personal de la funcionaria judicial, sino al estricto cumplimiento de los presupuestos previstos por el legislador en la Ley 600 de 2000.
Para el juzgado que negó el hábeas corpus la expedición de la orden de captura constituyó el ejercicio legítimo de una competencia legalmente atribuida al juez, previa valoración de los elementos de convicción obrantes en el expediente y con la correspondiente motivación jurídica, de manera que no puede calificarse como una actuación caprichosa o arbitraria, sino como una determinación adoptada en observancia del principio de legalidad y de las normas procesales que regulan la procedencia de las medidas de aseguramiento.
Para la juez Sandra Isabel Bernal el habeas corpus tampoco es un mecanismo idóneo y eficaz para proteger los derechos que se pretenden amparar vía tutela en este caso.
“Mientras exista una orden de captura expedida por autoridad judicial competente y no se evidencie una irregularidad manifiesta en la legalidad formal de la privación de la libertad o una prolongación ilícita de esta, este mecanismo no constituye la vía idónea para obtener la libertad pretendida”.
Para el juzgado de familia cualquier inconformismo tendiente a hacer efectivo el derecho a la libertad de la senadora Martha Peralta necesaria y obligatoriamente debe tramitarse al interior del proceso penal, por acatamiento a la legalidad del debido proceso y del derecho de defensa, mediante el empleo de las herramientas jurídicas establecidas para ello, como son los recursos de ley procedentes frente a las decisiones judiciales de esta índole.
Recordemos que la Senadora Martha Peralta habría incurrido en un presunto direccionamiento de contratos de maquinaria amarilla en La Guajira, el departamento que representa en el Congreso de la República.
Cristina Navarro
Cubre información judicial, derechos humanos, víctimas y temas relaciones con las entides creadas producto...




