¿Tiene deudas vencidas? El Gobierno anunció alivios tributarios para normalizar pagos
Esta medida concilia deudas vencidas, activos omitidos y grava a las casas de apuestas y algunos patrimonios extranjeros. Conozca los detalles aquí:

Sede de la Dian en Bogotá. (Crédito: Colprensa/Prensa/Redes sociales) / A la derecha: Hombre aliviado (Crédito: Getty Images)

Durante la jornada del 12 de marzo, el Gobierno expidió el Decreto 0240 de 2026, una estrategia que busca recaudar fondos para la emergencia económica reportada debido a la crisis climática por el frente frío, lo que introduce alivios temporales para contribuyentes que tengan obligaciones pendientes con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Esto permitirá que miles de deudores regularicen su situación mientras el Gobierno logra reducir su déficit fiscal, el cual ha ido en aumento en los últimos años. Entre las medidas principales, se permitirá el pago del 100% de las deudas vencidas con intereses rebajados, normalización de activos omitidos y sectores como el de las apuestas en línea serán gravados.
Estos son los alivios tributarios expedidos por el Decreto 0240 de 2026:
Alivios para contribuyentes con deudas vencidas
El principal punto de este decreto está enfocado en la reducción transitoria de sanciones e intereses para las personas con obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias vencidas al 31 de diciembre de 2025.
Así, quienes decidan ponerse al día con sus impuestos pueden pagar sus tributos ante la DIAN antes del 30 de abril de 2026, con una tasa de interés de solo 4,5% anual y pagar apenas 15% de las sanciones originales.
Esta medida también apoya a quienes no presentaron sus declaraciones a tiempo; pues también podrán hacer los trámites hasta la misma fecha sin pagar intereses de mora y con la sanción de extemporaneidad reducida a 15%.
Normalización tributaria para activos omitidos o subvalorados
Además del alivio para quienes ya tienen deudas, el decreto 0240 abre una puerta para quienes dejaron de presentar sus activos o cometieron errores en sus declaraciones de ingresos.
Estos casos estarán cubiertos con un impuesto de normalización tributaria del 19% para quienes tengan bienes ocultos o subvalorados ante la DIAN al 1 de abril de 2026.
Con esta medida se busca evitar investigaciones penales y sanciones en renta o IVA. Eso sí, la medida no legaliza bienes de origen ilícito ni extingue responsabilidades penales si se acredita ese origen.
La ventana de pago cierra el 31 de julio de 2026, según estos casos:
- Quienes no presentaron declaraciones tributarias a 30 de noviembre de 2025 y fechas anteriores, la sanción por extemporaneidad se reduce al 15% si se presenta y paga la obligación antes del plazo límite, sin requerir el pago de intereses de mora.
- Para correcciones de declaraciones presentadas hasta el 31 de diciembre de 2025, la sanción correspondiente también se reduce al 15%, con la condición de que se pague el impuesto, arancel o retención adeudados, sin intereses moratorios.
Sanciones por incumplimientos administrativos

Exterior de la oficina de la DIAN - Colprensa.

Exterior de la oficina de la DIAN - Colprensa.
La DIAN también incluye un mecanismo para subsanar incumplimientos formales, un tipo de falta muy común entre pequeños contribuyentes.
- Puede conseguirse una reducción del 85% del valor total de sanciones e intereses (al 4,5% anual) si el proceso está en primera instancia y se pague todo el impuesto y el 15% restante de sanciones e intereses.
- Si el proceso está en segunda instancia, se podrá solicitar la conciliación por el 80% del valor total de las sanciones y actualización de intereses al 4,5% anual, pagando el impuesto y el 20% de sanciones e intereses.
- Para actos administrativos sin impuestos en discusión, la conciliación será del 80% de las sanciones actualizadas, pagando el 20% restante.
- En casos de devoluciones o compensaciones improcedentes, la conciliación será del 70%, lo que le permite al contribuyente pagar solo el 30% y la totalidad de sumas devueltas o compensadas en exceso, con intereses reducidos al 30%.
Las solicitudes de conciliación deberán presentarse ante la Dian hasta el 30 de junio de 2026, y solo aplican para demandas admitidas antes del 31 de diciembre de 2025 y procesos sin decisión judicial en firme.
Estos son los nuevos impuestos del decreto 0240 de 2026:
Impuesto a apuestas en línea
Este es otro de los puntos importantes para la recaudación planteada en este decreto, que apunta a un sector en expansión: las apuestas virtuales. Durante 2026, los servicios de juegos de suerte y azar operados exclusivamente en línea quedarán sujetos a un impuesto nacional al consumo del 16 %, según informa el Gobierno Nacional.
Cabe aclarar que la base del tributo no será el dinero apostado en sí, sino los ingresos brutos del operador, calculados sobre lo que resulte de restar los premios otorgados del total de las apuestas.
La norma también obliga a bancos, plataformas tecnológicas y proveedores de pagos a no prestar servicios a operadores que no estén autorizados, una medida que busca cerrar el paso a páginas ilegales que operan fuera del sistema fiscal.
Impuesto al patrimonio
Si bien ya se habría incluido como sujetos pasivos del impuesto al patrimonio a las personas jurídicas y sociedades de hecho contribuyentes del impuesto sobre la renta, también se ajustará el impuesto al patrimonio a establecimientos permanentes y sucursales de empresas extranjeras con patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT (COP$10.474.800.000) al 1 de marzo de 2026.
Estos sujetos deberán hacer la declaración correspondiente el 30 de abril y pagar en dos cuotas, en abril y junio.
No obstante, la medida no se aplica a personas jurídicas del sector salud, las empresas que se encuentren intervenidas por el Estado y las empresas de servicios públicos domiciliarios de los municipios que han declarado la calamidad pública y se encuentran ubicados en la zona de afectación de la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica.
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