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Así funciona exoneración de jurado de votación por viaje ¿Qué hacer?: Registraduría Nacional explica

La ley señala unas excepciones por las cuales una persona puede exonerarse como jurado de votación. Así funciona el proceso en caso de viajes.

Los jurados de votación pueden ausentarse de la jornada electoral en casos de viaje Foto: Colprensa y Getty Images

Los jurados de votación pueden ausentarse de la jornada electoral en casos de viaje Foto: Colprensa y Getty Images

Los jurados de votación pueden ausentarse de la jornada electoral en casos de viaje Foto: Colprensa y Getty Images

En cada jornada de elecciones, muchos colombianos deben ejercer su rol como jurados de votación con el objetivo de garantizar que la jornada transcurra con éxito. Ellos son los encargados de proporcionar los tarjetones a los ciudadanos para que puedan llevar a cabo este proceso, y de contar los votos que corresponden a su mesa.

Según indicó la Registraduría Nacional del Estado Civil, cerca de 2.300.000 colombianos fueron postulados en el sorteo para los jurados de votación. Entre ellos, más de 850.000 fueron los elegidos para llevar a cabo esta función durante las jornadas electorales que se celebrarán a lo largo del año.

Este rol resulta fundamental para el debido desarrollo de las elecciones, ya que ellos son los encargados de informar el total de votos en la mesa a la que fueron asignados. Asimismo, deberán registrar los datos de cada sufragante en el formulario correspondiente que brinda la Registraduría para entregarle su respectivo certificado una vez cumpla con este proceso.

¿Es obligatorio ser jurado de votación?

De acuerdo al artículo 105 del Código Electoral, una persona deberá desempeñarse de forma obligatoria como jurado de votación en caso de haber sido elegido para tal función. Asimismo, no solamente se les notificará la jornada para la cual fue citado, sino también la fecha y el lugar al que deberá presentarse para recibir la respectiva capacitación.

Ahora bien, existen unas excepciones que contempla la ley por las cuales una persona no está obligada a ser jurado de votación. Una de ellas, tiene que ver con la exoneración por un viaje que haya programado antes de que se lleve a cabo el respectivo sorteo, pues esto constituye una causa justa por fuerza mayor por la cual no podrá desempeñar este rol.

“Conforme al artículo 5 de la Ley 163 del 1994, las personas con justa causa, fuerza mayor o caso fortuito podrán fundamentar el evento en que se presente su situación y allegar las pruebas necesarias para solicitar su exoneración”, explica la Registraduría.

¿Cómo funciona el proceso para solicitar la exoneración?

De acuerdo a la Registraduría, para pedir la exoneración como jurado de votación por motivo de viaje, el ciudadano deberá radicar la respectiva solicitud junto al soporte documental, es decir, los pasajes y la reserva de hotel, para demostrar su ausencia por fuerza mayor.

En este caso, es importante que realice este proceso antes de la fecha en la que se efectuará el sorteo correspondiente a los jurados de votación. De lo contrario, sería necesario revisar si realizó la reservación y la compra de los tiquetes previo a esta jornada.

¿Qué causales hay para no presentarse como jurado de votación?

El artículo 108 del Código Electoral establece unas excepciones para que una persona no pueda cumplir su actividad como jurado de votación, en caso de haber sido seleccionado para esta actividad. Estos son:

  • Grave enfermedad del jurado o su cónyuge, padre, madre o hijo.
  • Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
  • No ser residente en el lugar donde fue designado.
  • Ser menor de 18 años (no aplica si son elecciones a Consejos de Juventud).
  • Haberse inscrito y votar en otro municipio.

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