Caso Trump terminó protegiendo el fuero presidencial de Petro: Corte C. sienta jurisprudencia
Se conoció la totalidad de la Sentencia de la Corte Constitucional que definió la competencia para investigar al presidente y su eventual responsabilidad en la campaña electoral

Caso Trump terminó protegiendo el fuero presidencial de Petro: Corte C. sienta jurisprudencia
JUDICIAL
Se conoció la sentencia completa del pleito entre el presidente de la República Gustavo Petro y el Consejo Nacional Electoral (CNE) por caso de presuntas irregularidades en la financiación de campaña. La Corte Constitucional utilizó el caso Trump vs Estados Unidos para proteger el fuero presidencial y sentó jurisprudencia.
En mayo de este año la Corte Constitucional evitó que el presidente de la República fuera sancionado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) tras una polémica decisión del Consejo de Estado.
Para ese momento solo se conocía el resuelve de la decisión, y solo hasta hace unas horas se conoció la totalidad de la sentencia.

El Caso Trump vs EE.UU., terminó protegiendo el fuero presidencial de Petro: Corte C. sienta jurisprudencia
El caso Trump vs EE.UU.
Uno de los argumentos novedosos es que la Corte Constitucional utilizó fue el caso Trump vs Estados Unidos.
“La Corte estadounidense desarrolló específicamente el alcance de la inmunidad penal, señalando que busca evitar que la amenaza de sanciones penales distorsione el ejercicio independiente del poder presidencial”, y esa interpretación la asumió la mayoría de los magistrados de la Corte en Colombia.
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“198. De manera similar, y en concordancia con lo que se expuso al inicio de este acápite, en el ordenamiento jurídico colombiano el fuero especial que ampara al presidente de la República es una garantía de rango constitucional que tiene un sólido sustento en el principio democrático y se encamina fundamentalmente a proteger la institucionalidad, previniendo eventuales afectaciones provocadas por interferencias que, con ocasión de procesos de carácter sancionatorio en contra de la persona a quien el electorado ha confiado el cargo de primer mandatario de la Nación, tengan la virtualidad de poner en peligro el ejercicio de sus funciones”. Indica el fallo.
¿Qué se determinó? La Corte tiene dos puntos muy fuertes:
Primero, ampara el debido proceso y el fuero presidencial de Petro y deja en claro: por Constitución, a un presidente en ejercicio no lo puede investigar ni sancionar el CNE por temas de financiación de campaña; esa competencia es exclusiva del Congreso, a través de la Comisión de Acusaciones y el Senado. Esto quiere decir que, el presidente no es un “candidato más”, una sanción administrativa podría afectar su estabilidad en el cargo, y esa competencia sólo existe en el Congreso.
El CNE solo puede ir contra la campaña, los partidos, el gerente, el tesorero, la auditora, etc., pero no contra el candidato que terminó siendo presidente.
Y segundo: El fallo de la Corte Constitucional termina el debate diciendo que el consejo Nacional Electoral (CNE) nunca tuvo competencia para investigar a Petro. Corrige al Consejo de Estado, restablece el fuero presidencial y ordena que todo pase a la Comisión de Acusaciones. Sin embargo, el CNE falló mientras que en la Corte Constitucional el texto de la sentencia estaba en veremos por falta de una firma.
Denuncias ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara
Ahora, la pelota pasó a la Comisión de Acusaciones, donde ya reposa una denuncia por prevaricato que interpuso la defensa del presidente Petro desde hace tres semanas en contra de los magistrados del CNE que siguieron adelante pese a la prohibición, y los miembros de la Sala de Consulta del Consejo de Estado que inicialmente habilitaron al CNE.
La denuncia incluye una petición de medida cautelar para evitar nuevos actos que afecten el fuero presidencial. Han pasado tres semanas y la Comisión no ha tomado ninguna decisión.




