¿Necesitará de abogado? Ley cuando una persona vive más de 8 años en una casa y no se quiere ir
Con esta ley su inquilino podría quitarle su propiedad. Así puede defenderse en caso de ser necesario.

¿Necesitará de abogado? Ley cuando una persona vive más de 8 años en una casa y no se quiere ir / Yuliia Kaveshnikova
Si usted es dueño de una propiedad y actualmente la está utilizando para arrendarla a alguien más puede correr el riesgo de perder esta propiedad a manos del inquilino, después de un tiempo determinado.
Todo esto se debe a la ley de Prescripción Adquisitiva de Domino (también conocida como usucupación), por medio de la cual un inquilino puede volverse dueño de una propiedad que no es suya. Esto lo puede hacer sin problema alguno y sin que el verdadero dueño pueda hacer nada.
Aunque mucha gente no sabe esto, lo cierto es que, si el inquilino ha pagado el arriendo, ha pagado impuestos, los servicios y ha hecho mejoras en el inmueble, puede reclamar la casa legalmente ante un juez.
La ley de los 10 años y por qué es peligroso que un inquilino esté 8 años en su propiedad
El tiempo de 8 años es un factor crucial que acerca la situación al plazo legal de la prescripción adquisitiva de dominio. El número mágico es 10 años. Si un inquilino lleva esa cantidad de tiempo bajo un contrato verbal o escrito y paga los impuestos, servicios y hace mejoras puede reclamar la propiedad ante un juez.
La situación hace que haya inquilinos que no se quieran ir del inmueble, lo que pone en aprietos a los dueños de la casa.
Esto quiere decir que, a los 8 años, ya no se trata de un simple desalojo de un inquilino. Es una situación legal grave para el dueño, ya que, si espera dos años más, sin hacer nada, corre el riesgo de que pueda perder la propiedad.
Para que esto no suceda, hay varios recursos legales que puede utilizar el propietario del inmueble. Pero todo esto, dependerá de distintos escenarios.
- Si la persona que tiene en su propiedad esta bajo contrato, usted debe iniciar un proceso de restitución del Inmueble. Para eso necesita un abogado que presente una demanda ante un Juez Civil, a menos que la cuantía del contrato sea muy baja. El desalojo solo lo puede hacer una orden judicial. Ya que el dueño no puede sacar a la fuerza al inquilino.
- Si la persona es un ocupante sin contrato que actúa como dueño (que ha pagado impuestos, servicios y mejoras sin rendir cuentas a nadie) este ya tiene derechos para reclamar la vivienda. En ese caso debe actuar antes de que se cumplan los 10 años. Si quiere legalizar su situación, debe esperar a cumplir el término legal e iniciar el Proceso de Declaración de Pertenencia.
En ambos casos es necesario un abogado, ya que son litigios mayores que requieren de una gran cuantía de dinero y tienen una complejidad muy alta.
¿Qué puede hacer si usted es el ocupante?
En dado caso de que usted sea el ocupante también necesita un abogado para defenderse de cualquier demanda de desalojo y evaluar la posibilidad de reclamar la propiedad una vez que se cumplan los 10 años. Pero tenga en cuenta que esto puede ser un proceso largo y costoso, donde el dueño del inmueble buscará la forma legal para interrumpir el proceso de ocupación.
En todo caso, se recomienda asesorase muy bien con su representante legal, quien podrá darle mayores instrucciones para el caso concreto en el que se encuentre.




