Subsidio por discapacidad 2024: ¿De cuánto es y quiénes son beneficiarios?
Conozca cómo puede aplicar a este beneficio y qué requisitos debe cumplir para acceder
La Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá ejecuta el programa de Bono canjeable por alimentos para personas con discapacidad, también conocido como el subsidio por discapacidad, con el cual se benefician unos 13.000 hogares bogotanos identificados en situación de pobreza e inseguridad alimentaria.
“Consiste en la entrega de un bono para personas con discapacidad, de un valor establecido por la SDIS para que pueda ser canjeado en los puntos autorizados por la entidad, a partir de la selección de alimentos saludables, que contribuyan a su seguridad alimentaria”, señala la Secretaría Distrital.
Así las cosas, las personas en condición de discapacidad y/o sus cuidadores interesadas en los bonos canjeables por alimentos, deben acercarse a la Subdirección Local de Integración Social más cercana a su lugar de residencia, e iniciar el trámite de solicitud de este servicio.
Paso a paso para beneficiarse del bono:
Lo primero que se debe hacer, es agotar el procedimiento de focalización, para lo cual se deben aportar los siguientes documentos:
- Copia del documento de identificación de la persona con discapacidad y de las personas que componen su núcleo familiar.
- Copia de un recibo de un servicio público, de agua o de luz, del inmueble en donde resida actualmente.
- Copias del Certificado de Discapacidad no mayor a un año de su fecha de expedición.
- Copia de consulta de SISBEN.
- Se verifican los criterios de identificación
Es importante resaltar, que el ingreso a los servicios sociales prestados por la entidad se realizará una vez se verifique el cumplimiento de los criterios de identificación, y cuando se cuente con la disponibilidad de cupos.
Según la entidad, se sigue “rigurosamente el orden de las listas de inscritos, con el fin de garantizar el derecho a la igualdad y el acceso a los servicios por parte de quienes han agotado todo el procedimiento”.
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Beneficiarios del subsidio
Los bonos canjeables por alimentos van dirigidos a personas con discapacidad hasta los 59 años, que se encuentren en condición de vulnerabilidad y residan en Bogotá:
- Persona con discapacidad sin generación de ingresos por concepto de pensión igual o superior a un SMLV.
- Persona con discapacidad sin generación de ingresos por vinculación laboral formal (superior a tres meses) con un ingreso igual o superior a un SMLV.
- Además, las personas deben contar con medios para preparar y consumir alimentos. (Tener un lugar o espacio definido como cocina).
¿Dónde reclamar el subsidio y de cuánto es?
Los beneficiarios pueden acercarse a los supermercados que tienen asignado en su localidad de residencia (Colsubsidio o Jumbo-Metro) y, luego de conocer el convenio al cual pertenecen, con el número de la cédula podrán acceder al canje de alimentos por el valor de $180.000 cada bono.
El reclamo lo podrán hacer sin restricción de horario de 8:00 a.m. a 9:00 p.m, de lunes a domingo. Para poder reclamarlo, los beneficiarios podrán dirigirse a los almacenes Colsubsidio en las siguientes localidades:
- Antonio Nariño
- Chapinero
- Usme
- Bosa
- Kennedy
- Puente Aranda
- Rafael Uribe Uribe
- Teusaquillo
- Barrios Unidos, Sumapaz
- Usaquén
- Engativá.
En Cencosud (Jumbo y Metro), en las localidades de Ciudad Bolívar, La Candelaria, San Cristóbal, Tunjuelito, Fontibón, Los Mártires, Suba y Santa Fe. Es importante tener en cuenta que no se podrá realizar el canje del bono en un almacén diferente al asignado a la localidad de residencia.
El Departamento de Análisis y Desarrollo Estratégico prioriza las personas que podrían acceder a los bonos, teniendo en cuenta los siguientes criterios: Personas con discapacidad pertenecientes a hogares con jefatura femenina, personas con discapacidad que pertenezcan a hogares con dos o más integrantes con discapacidad, personas con discapacidad que estén bajo el cuidado permanente de personas mayores, personas con discapacidad víctimas de conflicto armado, personas registradas en la encuesta SISBEN IV en Bogotá y clasificados en los grupos A, B y C 07.
De acuerdo con dicha lista de priorizados, en un orden de priorización asignado, se va asignando a los participantes en lista de espera. Desde la subdirección local se contacta a las personas para diligenciar la FICHA SIRBE y se solicita ingreso.