Justicia

Corte Constitucional: “Política pública en La Guajira ha sido insuficiente”

Ordenó implementar un Plan Provisional de Acción para atender a la niñez Wayuu.

Imagen de referencia.

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En el año 2017, la Corte declaró una vulneración masiva de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de la población indígena Wayuu en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.

Cinco años después, el alto tribunal hizo un seguimiento al cumplimiento de la sentencia que ordena al Estado colombiano adelantar medidas para frenar la crisis en La Guajira, en especial, a la niñez.

Pues encontró que persisten serias dificultades en la implementación de la política pública por parte del Estado colombiano.

La Corte cataloga las acciones desarrolladas como “insuficientes” e inefectivas” al incumplir los tiempos establecidos en la sentencia y no mostrar avances sustanciales en torno a las condiciones de acceso, disponibilidad y calidad en relación con los derechos protegidos en esta decisión.

Por tal motivo, el alto tribunal ordenó, como medida cautelar, implementar un Plan Provisional de Acción para garantizar la alimentación, al agua potable y la salud de las niñas, niños y adolescentes Wayuu.

En el desarrollo de esa medida, deberán participar los ministerios de Salud, Ambiente, Vivienda, Agricultura y Hacienda, como también Bienestar Familiar.

Así mismo el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Superintendencia Nacional de Salud y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

“Dichas entidades deberán determinar los lineamientos, el cronograma y los mecanismos de verificación para la construcción de dicho Plan. De igual modo, también tendrán la responsabilidad de determinar cuáles serán las fuentes de financiamiento de las medidas concretas que serán implementadas”, determinó la Corte.

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