Corte pide a la Procuraduría evaluar desacato de alcaldes por fotomultas
Corte Constitucional no se pronunciará sobre peticiones que buscaban acaban con las decisiones administrativas en contra de conductores infractores.
La Corte Constitucional no se pronunciará sobre las peticiones que buscaban acabar con las decisiones administrativas en contra de los conductores que cometen infracciones.
Después de que a la Corte Constitucional llegó una solicitud para que se anulara la sentencia que determinó que las fotomultas solo las paga quien conduce el vehículo con el que se cometió la infracción, la Corte Constitucional señaló que no puede iniciar incidentes de desacato porque para eso los ciudadanos tienen otras vías, como por ejemplo acudir ante la Procuraduría General de la Nación.
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En este caso las Secretarías de Movilidad de Bogotá, Cali y Medellín indicaron que las fotomultas continuarían operando sin modificación alguna y que seguirían solicitando a los propietarios de los vehículos que aportaran las pruebas para probar su inocencia.
La Corte Constitucional remitió por este caso a la Procuraduría General de la Nación las solicitudes de los cuatro ciudadanos que reclaman el cumplimiento de la Sentencia C-038 de 2020 , en la que se estableció que los propietarios de los vehículos no pueden ser solidariamente responsables de las infracciones que cometa la persona que esté manejando. Y es que, por diferentes medios, los ciudadanos le informaron a la Corte que las entidades administrativas, en particular las alcaldías de Cali, Medellín y Bogotá, están incumpliendo lo decidido en dicha providencia.
Finalmente, la Corte le pide a la Procuraduría que se pronuncie respecto a las cuatro solicitudes de ciudadanos que reclaman el cumplimiento de la sentencia que determinó que las fotomultas solo las paga quien conduce el vehículo.