Justicia

Corte Constitucional

Corte ordena valorar el estado de salud de un habitante de calle

La Corte advirtió que toda persona tiene derecho a recibir un diagnóstico en su condición médica

Indigentes

Indigentes / Colprensa/Archivo

La Corte Constitucional le ordenó a la Eps Capital Salud que valore integralmente el estado de salud de un habitante de calle que padece un trauma severo y otras complicaciones, para garantizar su derecho a un diagnóstico médico.

La Corte advirtió que toda persona tiene derecho a recibir un diagnósticoen su condición médica el cual se satisface con la realización de exámenes y la consecuente prescripción de tratamientos.

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Este pronunciamiento se emite después de ordenarle a la EPS Capital Salud valorar integralmente el estado de salud de un habitante de calle que padece un trauma severo, paraplejia y una úlcera glútea como consecuencia de un impacto de bala que recibió en el 2018 en Bogotá, además de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, debidos al uso de múltiples drogas.

Si bien la Corte constató que la EPS ha suministrado determinadas atenciones en salud al accionante, no se encontró que los planes de manejo de los diagnósticos hayan sido acompañados de las prescripciones médicas que requería el habitante Jhon Geiler Moreno Valero.

Frente al precedente de la sentencia la Corte Constitucional señala que: “Entre las consideraciones de la sentencia se muestra que el Minsalud debe asegurar que el sistema de seguridad social en salud garantice la prestación oportuna de todos los servicios de salud. También muestra que todos los integrantes del Sistema de Salud deben implementar la atención integral a los problemas y trastornos mentales prevista en el Plan Decenal de Salud Pública. Así mismo, evidencia que son las IPS las responsables de brindar la atención integral al consumidor de sustancias psicoactivas. A esto se suma que la providencia resalta que los entes territoriales y las EPS deben disponer de una red de prestadores de servicios de salud mental".

 

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