Crimen de la exsenadora Martha Daniels no debe ir a la JEP: Procuraduría
El Ministerio Público señaló que fue en delito común y pidió rechazar solicitud de Sandra Lucrecia Daniels
La Procuraduría señaló que el crimen de la exsenadora Marha Catalina Daniels fue un delito común y no debe ser aceptado en la JEP
El Ministerio Público le pidió a ese sistema de justicia transicional que rechace el sometimiento de Sandra Lucrecia Daniels, procesada por el homicidio de su hermana ocurrido el 2 de marzo de 2002.
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El ente de control señaló que, se comprobó en la justicia ordinaria que no se trato de ningún hecho relacionado con el conflicto y que el crimen se llevó a cabo con el fin de apoderarse de bienes que estaban a nombre de Martha Daniels.
"El argumento presentado por Sandra Lucrecia Daniels, según el cual era colaboradora de las Farc – EP, no está probado", dice la Procuraduría y añade que la condena de 40 años impuesta no fue por el delito de rebelión y tampoco se advirtió existencia de procesos diferentes.
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"Para ser considerado colaborador de dicha organización, y por tanto recibir beneficios del Acuerdo de Paz, la persona debe tener una relación de compromiso con la organización, no simplemente eventual o contingente, y responder ante algún mando o autoridad de la misma, lo que nunca estuvo probado en el trámite adelantado ante la JEP2, señaló la Procuraduría.