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'Tatequieto' de Mintransporte a servicio de transporte ilegal

Los conductores de vehículos particulares que presten servicio público de transporte, podrán perder su licencia de conducción hasta por 25 años.

'Tatequieto' de Mintransporte a servicio de transporte ilegal

'Tatequieto' de Mintransporte a servicio de transporte ilegal(Colprensa / Archivo)

La Ministra de Trasporte, Ángela María Orozco, hizo el anuncio al manifestar que existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio, "debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales, Existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales". 

Agrega, "estamos convencidos que con un mayor control ciudadano y sanciones más drásticas a quienes infrinjan la Ley, habrá menos espacios para exista la corrupción. El pilar de Legalidad es una de las apuestas más importantes del Gobierno del Presidente Iván Duque y en este sector aplicaremos las sanciones que sean necesarias a quienes vayan en contra de este principio”, manifestó la Ministra Orozco. 

En este sentido, la Circular emitida por el Ministerio de Transporte, reitera a las autoridades de tránsito y a los conductores, que está completamente prohibido que vehículos particulares, sin permiso, presten cualquier servicio de transporte público, salvo las excepciones consagradas en la Ley 769 de 2002. 

La Circular reza: “se suspenderá la licencia de conducción por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares” y en caso de reincidencia y una vez cancelada la licencia de conducción el conductor solo podrá volver a solicitarla pasados 25 años. 

En la comunicación oficial emitida a los organismos y autoridades de tránsito en todo el país, se les insiste a las mismas que, en el marco del Artículo 26 de la Ley 769 de 2002, modificado por la Ley 1383 de 2010 y por la Ley 1696 de 2013, es de carácter prioritario atender las disposiciones y procedimientos legales para mitigar la prestación de servicio público en vehículos particulares sin justa causa.

En entrevista con Diana Calderón, en Hora 20, la ministra Ángela María Orozco dijo que la importancia de la oportunidad de la medida radica en la preocupación del gobierno porque en esta época la gente contrata servicios especiales de transporte y en esa medida hay que verla como una medida de prevención

Además explicó que el artículo 26 del Código Nacional de Tránsito prevé la suspensión de la licencia si el servicio se presta sin autorización.

“Para prestar el servicio la empresa debe estar habilitada y el vehículo homologado”, dijo.

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