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JEP: Néstor Raúl Correa no podía autorizar viajes al exterior de la Farc

Sin embargo el tribunal no asume una responsabilidad y se ‘lava’ las manos en un exfuncionario.

Néstor Raúl Correa

Néstor Raúl Correa(Colprensa/Archivo.)

En medio de la polémica que hay por las autorizaciones que entregó la Jurisdicción Especial para la Paz a exguerrilleros de la Farc para que salieran del país para “descansar y hacer turismo”, el tribunal emitió un comunicado en el que no asumen ninguna responsabilidad y sencillamente culpan al exsecretario ejecutivo Néstor Raúl Correa de haber dado las autorizaciones sin tener la facultad. 

En el texto aseguran que esa competencia corresponde únicamente a la sala de amnistías e indultos y que la presidencia conoció los hechos después de que ocurrieran y por fuera de la fecha estipulada. 

“La Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tuvo competencia para otorgar permisos de salidas del país a ex integrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz hasta el 15 de enero de 2018, fecha de inicio de las funciones judiciales de la jurisdicción, ello con fundamento en Ley 1820 de 2016 y el Acto Legislativo No. 1 de 2017.”, dice el comunicado. 

Sin hacer mención sobre si es grave o no esta situación, la JEP solamente dice que la responsabilidad recae sobre Correa quien ya no es funcionario del tribunal. 

“En abril de 2018 la jurisdicción conoció de autorizaciones de salida del país expedidas por la Secretaría Ejecutiva después del 15 de enero de 2018, razón por la cual la Presidencia de la JEP expidió la Resolución No. 011, del 20 de abril, a través de la cual ratifica que esa función es exclusiva de la Sala de Amnistía o Indulto”. 

La polémica se centra en los siguientes viajes: 

- Fernando Arellán: Viaje a Isla Margarita, Venezuela con fines de “descanso y turismo”.

- Pastor Alape y Benkos Biohó: Viajó a Quito – Ecuador entre el 2 y 5 de abril de 2018, con el argumento de hacer “gestiones de paz”.

- Hugo Ancizar Perez: Viajó a Machala, el Oro, Ecuador entre el 5 de marzo y el 30 de ese mismo mes del 2018, con el argumento de “visita familiar”.

- Andrés Mauricio Zuluaga: Viajó a España del 4 al 14 de mayo con el argumento de “Actividad Cultural”.

- Gustavo Joanis Bedoya: Viajó a Chile entre 26 de marzo y debió regresar el 30 de mayo de 2018.

Este es el comunicado:

Comunicado No. 39

Comunicado sobre los permisos de salida del país a ex integrantes de las Farc 

Bogotá, 3 de junio de 2018. Dadas las informaciones que han circulado sobre los permisos de salida del país a ex combatientes de las Farc, la JEP informa: 

1. La Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tuvo competencia para otorgar permisos de salidas del país a ex integrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz hasta el 15 de enero de 2018, fecha de inicio de las funciones judiciales de la jurisdicción, ello con fundamento en Ley 1820 de 2016 y el Acto Legislativo No. 1 de 2017. 

2. Desde el 15 de enero de 2018, con base en el artículo 5 del Decreto 2125 del 18 de diciembre de 2017, la Sala de Amnistía o Indulto asumió esa competencia. Dicho artículo establece: “Los integrantes de las FARC-EP que se encuentren acreditados por el Alto Comisionado para la Paz y que tengan medidas restrictivas para la salida del país, podrán salir del país previa autorización de la Jurisdicción Especial para la Paz”. 

3. En abril de 2018 la jurisdicción conoció de autorizaciones de salida del país expedidas por la Secretaría Ejecutiva después del 15 de enero de 2018, razón por la cual la Presidencia de la JEP expidió la Resolución No. 011, del 20 de abril, a través de la cual ratifica que esa función es exclusiva de la Sala de Amnistía o Indulto.

 

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