Víctimas de desplazamiento no deben pagar deuda del impuesto predial
Se argumentó que son una población de especial protección, a quiénes debe protegérsele sus derechos.
La determinación la tomó la Corte Constitucional al fallar una tutela a favor de una víctima del conflicto armado que tuvo que salir de sus predios por cuenta del conflicto armado en Colombia.
Señaló la Corte que el Gobierno no puede afectar los derechos de esa población de especial protección, pues no solo deben sobrellevar la carga de haber tenido que dejar sus tierras por amenazas de grupos armados ilegales, sino que también se ven sometidos al cobro del impuesto predial de dichos terrenos.
Por lo que solicitó que se convoque a las autoridades a adoptar planes estratégicos tendientes a beneficiar a esas personas, para que no paguen la deuda del impuesto predial de su antiguo territorio.




