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Ultimátum al Congreso para enviar pruebas para estudio de ley “Unicórdoba 50 Años”

Señaló que siete meses después de haber solicitado las gacetas, el Congreso no ha enviado los respectivos documentos para determinar si hubo irregularidades en su aprobación.

(Colprensa/Archivo)

Un llamado de atención hizo la Corte Constitucional al Congreso de la República por la demora que han tenido a la hora de enviar los documentos que han solicitado desde febrero de este año para poder determinar si la ley 067 de 2014, por medio de la cual la Nación se vinculó a la celebración de los 50 años de la Universidad de Córdoba y se autorizaron apropiaciones presupuestales, está acorde a la Constitución.

Indicó la Corporación Judicial que dado a las objeciones que presentó la presidencia de la república, se debe analizar si el Congreso efectivamente, subsanó los vicios en los que al parecer incurrió.

Sin embargo, el secretario general del Senado no anexó la documentación solicitada “para efectos de realizar la verificación correspondiente al quórum deliberatorio y decisorio en la aprobación del Informe a las Objeciones Gubernamentales presentadas al proyecto de ley”.

Señaló la Corte que “vencido el plazo concedido, la Sala encuentra que las pruebas requeridas no fueron enviadas a esta Corporación a fin de determinar la subsanación del vicio de procedimiento evidenciado. Por lo tanto, la Corte concluye que en el expediente no reposan las pruebas necesarias para verificar si se cumplió con lo ordenado por el Pleno en la citada decisión. No obran en el expediente, en ese sentido, el acta –publicada en la Gaceta del Congreso- de la sesión plenaria en la que se aprobó el informe de objeciones gubernamentales en el Senado de la República”.

Razón por la que solicitó el envío “de los materiales probatorios que permitan constatar el procedimiento legislativo surtido para la subsanación del vicio formal”.

“Se ordenará poner en conocimiento de esta situación al presidente del Senado de la República, con el fin que ordene la recopilación de todos los documentos oficiales necesarios para poder determinar si dicha cámara cumplió con el procedimiento subsanatorio referido. Igualmente, se apremiará legalmente al secretario general del Senado de la República, para que acopie todos los documentos requeridos y sean enviados a esta Corporación, dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del acta en las Gaceta del Congreso” agregó.

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