Piden al Congreso legislar sobre la pensión especial de víctimas del conflicto armado
La Corte Constitucional advirtió que las víctimas del conflicto armado en condición de discapacidad son personas de especial protección.
El magistrado de la Corte Constitucional, Gabriel Eduardo Mendoza, recordó a todas las entidades del Estado que el hecho de exigir un sin número de trámites a las personas víctimas del conflicto armado para poder acceder a una pensión de invalidez resulta discriminatorio.
Señaló que en este caso por tratarse de personas que, debido a la pérdida de su capacidad laboral, no pueden acceder a un trabajo la pensión de invalidez es su única fuente de ingresos para el sostenimiento de su familia.
Para la Corte es reprochable que el Congreso de la República no haya legislado sobre el hecho de cuáles son los requisitos o régimen especial para que las personas víctimas del conflicto armado puedan tener dicho reconocimiento.
“El silencio del legislador generó una indeterminación en la existencia del derecho, que derivó en una disyuntiva para su efectivo reconocimiento y pago, afectando a varias personas que se acercaban a presentar la solicitud de reconocimiento de la pensión especial para víctimas de la violencia” indicó la Corte.
Este pronunciamiento se hizo al fallar una tutela a favor de un campesino que al pisar una mina antipersonal perdió un ojo izquierdo y ambas manos pues por las esquirlas tuvieron que ser amputadas.