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El fallo del Consejo de Estado no anula circular de 2013 sobre el aborto

Lo que se indica en la circular emitida a las EPS "es para hacer valer el derecho que tienen las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo en los 3 casos autorizados".

La Superintendencia Nacional de Salud confirmó que la decisión del Consejo de Estado, sobre anular 2 circulares de los años 2009 y 2011, no aplica a la emitida este año, donde se señalan instrucciones a las entidades de salud, para la realización de la interrupción voluntaria del embarazo

Las instrucciones fueron impartidas por la entidad en la circular 003 del 26 de abril de este año, donde según el superintendente Gustavo Morales, simplemente se da cumplimiento a las órdenes que en varias sentencias ha dado la Corte Constitucional

De manera que lo que se indica en la circular emitida a los prestadores de la salud “es para hacer valer el derecho que tienen las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo en los 3 casos autorizados en el derecho colombiano”

El fallo del Consejo de Estado hace referencia a dos circulares, la 058 de 2009 y la 003 de 2011, el superintendente aclaró que precisamente la última fue derogada por la 003 expedida este año

La entidad envió un mensaje a las EPS y las IPS encargadas del servicio de salud en el país, aclarando que la más reciente circular no ha sido demandada, está vigente y es de obligatorio cumplimiento.

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