Ocho distritos judiciales implementarán el nuevo sistema penal acusatorio
A partir del próximo primero de enero Antioquia, Cundinamarca, Florencia, Ibagué, Neiva, Pasto, Popayán y Villavicencio darán inicio a la tercera fase de aplicación del sistema penal acusatorio. Un total de 644 fiscales están listos para asumir las investigaciones abiertas bajo los parámetros del Sistema Penal Acusatorio
A partir del próximo primero de enero Antioquia, Cundinamarca, Florencia, Ibagué, Neiva, Pasto, Popayán y Villavicencio darán inicio a la tercera fase de aplicación del sistema penal acusatorio.Un total de 644 fiscales están listos en los distritos judiciales para asumir las investigaciones abiertas a partir del primero de enero de 2007 bajo los parámetros del Sistema Penal Acusatorio.Con los fiscales trabajarán los funcionarios de las policías judiciales del CTI, del DAS, de la Policía y de Medicina Legal entre otros, que durante este año recibieron capacitación en los procedimientos del nuevo sistema penal.Las investigaciones que se adelantan actualmente, es decir casos iniciados antes del primero de enero próximo, estarán a cargo de los fiscales que no ingresarán aún al Sistema Acusatorio. La directora nacional de fiscalías Alicia Ledesma, en dialogo con Caracol Radio dijo que las personas se encontrara con un sistema rápido, garantista y económico.Dijo que el primero de enero los usuarios de encontraran que la policia judicial recogerá las pruebas el fiscal las analiza y ante un juez de control de garantías legaliza todas sus peticiones y actuaciones , legalidad de la captura, la imputación de cargos y la medida de aseguramiento.Queda pendiente la implementación en los distritos judiciales de Barranquilla, Cartagena, Casanare, Cúcuta, Montería, Quibdó, Pamplona, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo y Valledupar, cuyo ingreso está planeado para el 2008 y que son los últimos programados para entrar al nuevo sistema judicial.Características del Sistema AcusatorioLa investigación, que parte de una noticia criminal (querella, denuncia o informes de policía), la adelantan los investigadores de la policía judicial bajo el control, coordinación y dirección del fiscal del caso.El fiscal presenta ante los jueces de Control de Garantías todas las actuaciones que por iniciativa propia o por orden de fiscal cumple la policía judicial y que afectan derechos fundamentales de los ciudadanos (registros, allanamientos, inspección corporal y registro personal, entre otros), para que controle la legalidad de los procedimientos.Cumplida la investigación, el fiscal acusa al imputado ante un Juez de Conocimiento, quien finalmente convoca a un juicio público, oral y concentrado, en el que se produce el debate probatorio en presencia del acusado, salvo que este decida dejarse juzgar en ausencia, caso en el que de todas formas tendrá un defensor privado o público.Agotado el debate probatorio, el juez, luego de las alegaciones de las partes, pronunciará el sentido del fallo (inocente o culpable) y citará a una audiencia donde se hará lectura de la sentencia.Dictada la sentencia, se abre a petición de la víctima un incidente de reparación integral, que es la oportunidad que tiene el ofendido para solicitar la reparación de los perjuicios ocasionados con el delito.¿Quiénes intervienen en el proceso penal y qué función cumplen?El FiscalRepresenta al estado y al pueblo colombiano. Investiga a los infractores de la ley penal.Formula acusaciones, presenta la evidencia del delito y al autor ante un Juez de la República en un juicio oral y público.Policía judicialInvestiga los hechos constitutivos de delitos, recoge evidencias, conduce entrevistas a testigos y testifica sobre su investigación en un juicio oral y público.Trabaja junto con el fiscal depurando evidencias de un delito para acusación y presentación de una prueba en un juicio.El defensorRepresenta los intereses y protege los derechos constitucionales del imputado y acusado, ejerce todos los derechos y facultades que la ley y los tratados internacionales reconocen para el procesado.Confronta y contradice la evidencia presentada por la Fiscalía en contra del acusado, argumentando en representación del acusado en todas las audiencias del proceso penal, pero básicamente en la del juicio.La víctimaTiene derecho a recibir información de su caso y a tener representación legal.Puede intervenir en el proceso penal.El Ministerio PúblicoIntervendrá en el proceso penal cuando sea necesario, en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales.




